La Audiencia Nacional condena a Francisco Correa, propietario del Grupo Correa, a 6 años y 9 meses de prisión por las irregularidades en la adjudicación de contratos a sus empresas por parte de AENA entre los años 2000 y 2002 que habrían permitido al empresario un beneficio de 2,3 millones de euros

El exdirector de Comunicación de AENA, Ángel López de la Mota, también ha sido condenado a 5 años de prisión, igual que su subordinado, José María Gavari. El primero tendrá que devolver los regalos recibidas de parte de Correa por valor de algo más de 95.000 euros y el segundo, por un total de algo más de 168.000 euros.

La Sección Segunda de la Sala de lo Penal condena a Correa por un delito continuado de prevaricación, fraude a las administraciones públicas, cohecho activo continuado y falsedad documental. Los exresponsables de AENA responderán a una condena por el delito continuado de prevaricación administrativa, fraude a las administraciones públicas y continuado de cohecho pasivo.

El contable del Grupo Correa, José Luis Izquierdo, también ha sido condenado a 3 años y 3 meses de prisión por los delitos de cohecho activo y falsedad documental. Le imponen una multa de 654.000 euros.

Según relata la sentencia, la tercera del caso Gürtel en la Audiencia Nacional, Correa desplegó una actividad comercial dirigida a la organización de eventos relacionados con la prestación de servicios dirigidos al Partido Popular, organizando actos y campañas electorales, así como a la contratación con las administraciones públicas. 

Con motivo del nombramiento de López de la Mota como director de Comunicación de AENA y puesto que Correa le conocía por haber trabajado en el PP, decidió ponerse en contacto con él "a fin de enriquecerse ilícitamente con cargo a fondos públicos mediante contratos celebrados entre AENA y sus sociedades con la vulneración de la normativa administrativa". 

Dinero, viajes y reformas

La resolución explica que López de la Mota y Gavari convinieron con Correa o con personas a sus órdenes que se produjera la adjudicación irregular a las sociedades del Grupo Correa de distintos contratos del ente aeroportuario a fin de realizar distintos eventos o participar en ferias, "todo ello a cambio de entregarles distintas dádivas (dinero en efectivo o prestación de servicios, fundamentalmente viajes turísticos para ellos y sus familias, obras de reforma en la vivienda del primero, etc.)" que se abonaron durante dos años. 

En total, las sociedades de Correa fueron las adjudicatarias de un total de 22 contratos públicos entre los años 2000 y 2002 mientras López de a Mota fue director de Comunicación de AENA. El beneficio obtenido por dichos contratos habría ascendido a cerca de 2,3 millones de euros, precisamente la cantidad que la Sala ordena retirar a Correa por el beneficio que supusieron para él. 

La sentencia, que tiene como ponente al magistrado Fernando Andreu, considera probado que, con el fin de asegurar la adjudicación a las empresas del Grupo Correa, se hicieron adjudicaciones concurriendo al procedimiento de contratación sin publicidad ni concurrencia, así como López de la Mota elaboró memorias "alegando de forma indebida y torticera inexistentes razones de urgencia para proponer su contratación directa con concurrencia a pesar de que su presupuesto de licitación excedía de 150.000 euros". 

La Sala ha rechazado aplicar las atenuantes solicitadas por Correa por dilaciones indebidas porque la instrucción se prolongó durante 9 años. Los magistrados se refieren a la complejidad de la causa y la concurrencia de varios imputados que ha retrasado la tramitación del procedimiento. Tampoco aceptan la atenuante de confesión de Correa, puesto que consideran que su reconocimiento de los hechos no ha supuesto "aportación de relevancia".