El expresidente del Fútbol Club Barcelona, Sandro Rosell, se sienta desde este lunes en el banquillo de los acusados de la Audiencia Nacional, donde se le juzga por los presuntos delitos de blanqueo de capitales continuado y organización criminal para cometer delitos graves por los que se piden 11 años de prisión para él y una multa de 59 millones de euros.

En la primera sesión del juicio, su abogado Pau Molins ha rechazado que la Audiencia Nacional sea competente para juzgarle. Según defiende, las dos primeras operaciones económicas por las que se juzga a Rosell ocurrieron fuera del territorio nacional (en Brasil y Andorra) dos países donde las operaciones realizadas no son consideradas delito. En cuanto a la tercera -la venta de una sociedad suya por la que se le acusa de blanqueo de dinero de las anteriores- tuvo lugar en Barcelona y por tanto, según su defensa, debería juzgarse en la Audiencia de Barcelona

Durante la exposición de cuestiones previas al juicio, la defensa de Rosell también ha denunciado la vulneración de derechos fundamentales, entre ellas la de la libertad personal puesto que lleva en prisión preventiva desde que fue detenido, hace un año y nueve meses. En este sentido, el letrado lo ha comparado con los cinco condenados por abusar sexualmente de una joven en los Sanfermines, conocidos como La Manada, puesto que siguieron en libertad provisional después incluso de la sentencia de la Audiencia de Navarra contra ellos. El abogado de Rosell ha puesto este caso en contraposición con el de su defendido, contra el que cree que también se ha vulnerado su derecho de defensa, a un juez imparcial y a la presunción de inocencia.

Molins ha solicitado a los magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que deje en libertad a Rosell este mismo lunes. Ya lo ha solicitado una docena de veces, todas rechazadas tanto por la instructora de la causa, Carmen Lamela, como por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional por riesgo de fuga.

La acusación

Según el Ministerio Público, Rosell y el abogado Joan Besolí se habrían repartido 14,9 millones de euros (6,6 de ellos habrían sido para el expresidente del Barcelona) de comisiones presuntamente ilícitas por la firma de un contrato entre la Selección de Fútbol Brasileña (CBF) y una empresa árabe (International Sports Events) con sede en las islas Caimán de los derechos audiovisuales de 24 partidos. Después, según la acusación, Rosell habría lavado el dinero y lo habría introducido en España cinco años más tarde simulando, según la investigación, la venta de una sociedad. 

En la instrucción que comenzó en 2017 en el Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional, se investiga el papel de Rosell como intermediario en el controvertido contrato de 15 millones de euros firmado en Brasil en 2005 entre el presidente de la Confederación Brasileña, el también investigado Ricardo Teixeira, y la empresa árabe International Sports Events (ISE). 

Según la instrucción de la jueza Carmen Lamela, Rosell firma en 2006 el contrato con Teixeira a través de su sociedad Uptrend, radicada en Nueva Jersey, por un valor de 8,4 millones de euros. Los ingresos de dicho contrato se producen en Barcelona y Andorra. Cuatro años después, Rosell y su mujer reciben transferencias por valor de 6,5 millones de euros de una sociedad suiza, Kentaro, y una árabe. Poco después, Rosell declara a la Agencia Tributaria la venta de su empresa Bonus Sport Marketing a una empresa libanesa por un importe de 6,5 millones de euros.

El interrogatorio de fiscal José Javier Polo a Rosell girará en torno a esos movimientos los que tendrá que explicar a la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional desde este lunes. 

La defensa

El abogado del expresidente del Fútbol Club Barcelona, Pau Molins, argumenta que la comisión cobrada por Rosell no fue ilícita puesto que la Federación Brasileña de Fútbol (CBF) no es una entidad privada, no sufrió perjuicio alguno e incluso dobló sus beneficios gracias a la intermediación de Sandro Rosell. 

También niega que Rosell tuviera cuenta alguna en Estados Unidos, para lo que presenta un informe del banco Goldman Sachs afirmándolo. En este sentido, para defender la nulidad de la causa "que parte de esta supuesta cuenta", Molins ha afirmado que la acusación de la Fiscalía contra Rosell es un "mero artificio" para presentar a Rosell y al resto de acusados como una organización criminal y mantener así el caso contra él. 

Precisamente por este motivo, tanto la defensa de Rosell como la de Joan Besolí han pedido la nulidad de la causa por la falta de sustento de su inicio. Ambos también han pedido la nulidad del caso alegando que la investigación fue prospectiva. La Fiscalía se ha opuesto a ambas peticiones de nulidad. 

Para negar la existencia de actividad delictiva, las defensas también argumentan que para haberse dado un delito de corrupción entre particulares (ni siquiera existente en el Código Penal español en 2005) tendría que haber sido el presidente de la Federeación Brasileña, Teixeira, y no Rosell, quien cobrara comisiones de la empresa árabe ISE y no fue así, defienden.

La Fiscalía, por su parte, se ha referido al artículo 17 de la Lecrim que se refiere a la "conexidad de los hechos" para argumentar que aunque parte de los presuntos delitos se cometieran en el extranjero y que la Audiencia Nacional es competente para investigar los hechos. De hecho, dicho Tribunal solicitó una comisión rogatoria a Estados Unidos para investigar los hechos, de la que parte la investigación. En cuanto a la petición de libertad, el Ministerio Público sigue viendo riesgo de fuga.