La decisión del Tribunal Supremo sobre la suspensión de las inscripciones censales producto de la llamada ley de nietos pone el foco en los encargados de los Registros Consulares.
Ellos serán los responsables de certificar, caso por caso, la no suspensión de los derechos electorales de la persona extranjera nacionalizada gracias a la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática y, sobre todo, de la orden interna del Ministerio de Justicia que la manipuló.
Si los beneficiarios pueden acreditar que sus padres o abuelos españoles sufrieron exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o por motivos de orientación o identidad sexual, no habrá problema. Pero el trámite se presume farragoso.
Sólo en el caso de que el correspondiente encargado del Registro Consular emita ese certificado, la persona acogida a la ley de nietos podrá votar en los procesos electorales europeos, según esta decisión cautelar, nacionales o autonómicos que puedan convocarse antes de que el Supremo dicte sentencia.
Si no se acredita el exilio político de los ascendientes, los cónsules no podrán emitir ese certificado. En estos casos, la inscripción en el censo electoral de los nuevos españoles queda, de momento, en suspenso.
Los ocho cónsules
El auto de medidas cautelares carga así sobre los cónsules generales la última palabra sobre qué nuevos nacionalizados pueden seguir votando desde el extranjero.
Y es que la Sala de lo Contencioso‑Administrativo suspende los efectos electorales de la "interpretación" de la norma realizada por la instrucción de 25 de octubre de 2022 de la directora general Puente, salvo cuando se acredite un exilio en el sentido estricto fijado por la ley.
En la práctica, a esos ocho cónsules los convierte el Supremo en garantes de que el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) no siga creciendo al calor de presuntos nietos de emigrantes económicos, sino de descendientes de exiliados reales.
Para medir el alcance de esta decisión, EL ESPAÑOL ha cruzado el CERA cerrado el 1 de julio de 2023, previo a las últimas elecciones generales, con el último dato disponible, a 1 de agosto de 2026.
El objetivo no es tanto comparar desde la entrada en vigor de la ley y de la orden interna de Justicia, sino ver cómo ha cambiado el cuerpo electoral exterior entre una cita y otra.
A septiembre de 2026, los cónsules generales que más incidencia tendrán en la aplicación del auto son, por orden de mayor a menor, los de Rosario (Argentina), Ciudad de México, Buenos Aires, Miami (EEUU), Monterrey (México), La Habana, Bogotá y Caracas.
Sus nombres, Pablo Platas Casteleiro (Rosario), de 33.982 a 69.756 electores (+105,3%); Marcos Rodríguez Cantero (Ciudad de México), de 114.531 a 149.481 (+30,5%); José María Ridao (Buenos Aires) de 303.318 a 329.725 (+8,7%) ; Belén Alfaro Hernández (Miami), de 61.763 a 82.903 votantes (+34,2%).
Además, Vicente J. Mas Taladriz (Monterrey), de 14.265 a 28.862 (+102,3%); José Miguel Corvinos Lafuente (La Habana), de 154.699 a 169.038 (+9,3%); Julia Alicia Olmo y Romero (Bogotá), de 36.882 a 50.134 (+35,9%); y Ramón Molina Lladó (Caracas), de 117.228 a 130.363 (+11,2%).
Los ocho países
Si se agrupa por países, el mapa de los ocho países con más nietos nacionalizados son los siguientes.
Argentina ha pasado de 432.088 electores CERA en julio de 2023 a 520.203 en agosto de 2026 (+20,4%). México, de 137.814 a 191.062 (+38,6%). Estados Unidos, de 166.457 a 211.479 (+27%). Francia, de 238.279 a 265.212 (+11,3%). Reino Unido, de 134.211 a 153.126 (+14,1%).
Finalmente, Cuba ha subido de 154.699 a 169.038 electores (+9,3%). Brasil, de 120.861 a 135.013 (+11,7%). Y Alemania, de 142.786 a 156.409 (+9,5%).
Hay un dato especialmente significativo: Argentina, México y Estados Unidos concentran por sí solos 186.385 nuevos electores, casi la mitad de todo el incremento del CERA desde las últimas generales.
De hecho, en este periodo, el CERA total ha pasado de 2.333.056 a 2.747.688 electores, es decir, 414.632 inscritos más (+17,8%).
Según las fuentes de la carrera diplomática consultadas, la "inmensa mayoría" de ellos se explica por la llamada ley de nietos y, sobre todo, por la forma en que Justicia reinterpretó su disposición adicional octava mediante la instrucción firmada por Sofía Puente, que presume como exiliados a todos los españoles que abandonaron el país entre 1936 y 1955.
El 'pucherazo legal'
La controversia tiene un origen claro. La Ley de Memoria Democrática se sancionó el 19 de octubre de 2022, se publicó en el BOE el día 20 y entró en vigor el 21.
Cuatro días después, el 25 de octubre, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, entonces dirigida por Puente (hermana del hoy ministro Óscar Puente), firmó la instrucción sobre el derecho de opción a la nacionalidad española al amparo de la disposición adicional octava.
La instrucción se publicó el 26 de octubre y entró en vigor el 27.
Desde entonces, el Gobierno ha presentado la ley de nietos como "una medida de reparación" para los descendientes de exiliados, pero la instrucción de Justicia convirtió esa reparación en "un mecanismo de nacionalización masiva", según denunció la oposición.
Al presumir el exilio de todos los españoles que salieron del país entre 1936 y 1955, abrió la puerta a que descendientes de emigrantes económicos accedieran a la nacionalidad y al voto como si fueran nietos de represaliados.
EL ESPAÑOL ha documentado en los últimos meses cómo esa combinación de ley e instrucción ha funcionado como un pucherazo legal en marcha.
Todo se hacía dentro del BOE, pero con un efecto práctico de alteración del censo: decenas de miles de nuevas altas mensuales en el exterior, consulados colapsados, documentación mínima en algunos destinos y un CERA que crecía más rápido de lo que la política y la justicia podían digerir.
La JEC no se atrevió
La Junta Electoral Central (JEC) fue la primera institución en poner por escrito sus dudas.
El 16 de julio, su acuerdo 204/2026 reconoció problemas de legalidad en la instrucción de Puente, pero la mayoría de sus vocales se declaró incompetente para ordenar la paralización de las altas y se limitó a pedir más informes a la Oficina del Censo Electoral.
Cuatro vocales firmaron un voto particular que iba más allá: señalaban que no era la ley, sino la presunción generalizada de exilio, la que había disparado de manera "formidable e irreversible" el censo exterior y reclamaban suspender las inscripciones y efectos electorales hasta aclarar la legalidad de la instrucción.
Ahora, el Supremo asume, en buena medida, ese diagnóstico.
Mantiene la nacionalidad concedida, pero congela los derechos de voto de quienes se han beneficiado de la reinterpretación de Puente mientras no se acredite un vínculo real con el exilio, y ordena a la JEC y a la Oficina del Censo que distingan claramente entre expedientes basados en exilio probado y expedientes aprobados por la vía de la presunción.
El auto supone, en la práctica, que los cónsules deberán "poner nombre y apellido" al exilio de cada nuevo votante exterior.
La polémica política
En el plano político, la medida cautelar es una victoria para el PP de Alberto Núñez Feijóo y un triunfo jurídico para Iustitia Europa, Vox y el sindicato CSIF.
Iustitia Europa impulsó el recurso ante el Supremo; Vox se adhirió; y CSIF fue el primero en acudir a la JEC para exigir que sólo pudieran votar quienes acreditaran relación real con el exilio.
El PP lleva meses denunciando que la combinación de la llamada ley de nietos y la regularización extraordinaria de inmigrantes estaba diseñada para "alterar el censo" y "meter a saco a cientos de miles de personas en el censo electoral", en palabras de la vicesecretaria de Coordinación Sectorial, Alma Ezcurra.
El Gobierno, por su parte, se revolvió contra el auto.
El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha pedido al Supremo que resuelva "lo antes posible" el fondo del litigio y, en todo caso, antes de las elecciones de 2027, porque "afecta a lo más sagrado que hay en democracia, que es el derecho al voto".
Insistió en que las medidas son cautelares y "no definitivas", pero advirtió de que suponen "suspender el derecho de voto a miles de españoles", pidiendo una resolución de fondo que detalle todos los argumentos que justifiquen una decisión de esa envergadura.
Hasta que esa sentencia llegue, la foto queda fijada: la manipulación de una directora general queda bajo sospecha judicial, el incremento del CERA se congela allí donde no se acredite exilio y los ocho cónsules que más han visto crecer sus censos pasan a ser el último filtro entre la nacionalidad y el voto.
El TS no deshace la ley de nietos, pero obliga a aplicarla con las garantías que el Gobierno se saltó y que la JEC no supo cómo abordar.
