Valencia

La Comunidad Valenciana será la segunda autonomía de España, después de Baleares, que plantee por ley la expropiación temporal de viviendas vacías de propietarios con 10 o más viviendas a su nombre y se dediquen a la actividad inmobiliaria.

El objetivo del proyecto normativo, impulsado por Unidas Podemos desde la Conselleria de Vivienda, es "delimitar los deberes de los grandes tenedores en materia de derecho a la vivienda, las obligaciones para hacer cumplir la función social de la vivienda y las consecuencias jurídicas del incumplimiento de esta función social".

Este miércoles se ha abierto el proceso de información pública para que se presenten alegaciones. El texto original recoge que se podrá plantear la "cesión obligatoria temporal" del usufructo de casas vacías durante 5 años en el caso de personas físicas y hasta 7 si son personas jurídicas.

Además, Valencia será el primer territorio de España que imponga sanciones a aquellos grandes propietarios que no se inscriban en el registro autonómico de grandes tenedores y creará un cuerpo de inspectores. La propuesta de los morados recoge que los grandes propietarios tendrán la obligación de comunicar a la Generalitat sus viviendas con una serie de criterios.

Pero "si se obstruye la información y no se comunica, se pueden enfrentar a sanciones de hasta 350.000 euros", confirmó en declaraciones a EL ESPAÑOL Alejandro Aguilar, secretario autonómico de Vivienda y Función Social.

A efectos de la normativa, son considerados grandes propietarios quienes tienen más de 10 viviendas en régimen de propiedad, alquiler o usufructo y no las destinan al mercado de venta o alquiler. Se calcula que hay más de 500.000 viviendas vacías en Alicante, Castellón y Valencia.

Acoso inmobiliario

La futura ley también aborda "ampliamente el problema del acoso inmobiliario, especificando tanto las acciones y/u omisiones que suponen un acoso y acaparamiento de vivienda como bien de primera necesidad, tipificando las infracciones y estableciendo las sanciones correspondientes".

¿Cuándo se podrá aplicar la expropiación temporal? "Cuando haya razones de interés general y lleve al menos 2 años deshabitada", apuntó Aguilar. La nueva legislación pretende dotar de una mayor transparencia la acción de los grandes fondos y regular su funcionamiento en la Comunidad Valenciana como una medida más para pinchar la burbuja del alquiler, explican desde Vivienda.

Igualmente, el Ejecutivo autonómico podrá expropiar forzosamente de una casa si concluye que se incumple la obligación de rehabilitación. El texto recoge que los grandes propietarios también estarán obligados a comunicar a la Administración que inician un procedimiento judicial contra los inquilinos y tendrán la obligación de ofrecer un alquiler social.

En 2017, el Gobierno que preside el socialista Ximo Puig ya aprobó una ley de Función Social de la Vivienda. Esta norma ha servido de base a Podemos para desarrollar en esta legislatura un conjunto de medidas dirigidas a favorecer el acceso a la vivienda.

Así, a la espera de que se apruebe el nuevo marco normativo, el vicepresidente segundo del Consell, Héctor Illueca (Unidas Podemos), ya ha iniciado el proceso para las primeras declaraciones de viviendas deshabitadas, un procedimiento que hasta abril afectó a un total de 466 viviendas.

El caso balear

En marzo de 2021, el Gobierno de Baleares inició el proceso de expropiación temporal de uso de 56 viviendas de grandes tenedores para destinarlas a alquiler social.

Se trataba de una medida pionera en todo el país, pues hasta esa fecha no se había producido ninguna medida de cesión obligada de viviendas del alcance de la que se inició en Baleares. El anunció coincidió con la negociación de la ley de Vivienda estatal entre los exministros Pablo Iglesias y el socialista José Luis Ábalos y generó división en el Gobierno de Pedro Sánchez.

En enero de este año, la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears (TSJIB) desestimó el recurso que presentó la Asociación de Promotores Inmobiliarios de Baleares (Proinba). El tribunal avaló la actuación del Gobierno autonómico en relación a la expropiación o cesión temporal de uso de las viviendas desocupadas de grandes tenedores.

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