Valencia

Un total de 16.801 euros. Esta es la multa a la que se enfrenta la productora de Francis Puig, Comunicacions dels Ports SA, por pactar precios con otras tres firmas audiovisuales para repartirse contratos. Se trataba de corresponsalías de À Punt, la radiotelevisión pública valenciana. Cabe reseñar que Francis es hermano del actual presidente de la Generalitat Valenciana, el socialista Ximo Puig.

Como avanzó EL ESPAÑOL, las cuatro firmas implicadas fueron notificadas hace un mes de que habían sido sancionadas, si bien la resolución de Defensa de la Competencia no había sido publicada hasta este lunes. En la misma, el organismo autonómico -dependiente de la CNMC y adscrito a la Conselleria de Economía (Compromís)- considera “acreditada una infracción muy grave del artículo 1 de la Ley 15/2007, constitutiva de cártel, en los términos establecidos en el Fundamento de Derecho Cuarto”.

Por ello ve “responsables de dicha infracción, como autores de la conducta”, a la mencionada Comunicacions dels Ports, a Visualiza SLU -sancionada con 3.337,8 euros-, y a Canal Maestrat SL y Kriol Produccions SL. “Estás dos últimas solidariamente, por aplicación de la doctrina sobre la unidad de empresa y su jurisprudencia en el ámbito del Derecho de la Competencia”, precisa el organismo, que impone a ambas una multa conjunta de 26.103,5 euros.

Mensajes inculpatorios

Las productoras dejaron rastro de su pacto de precios “en el grupo de whatsapp llamado ESAP”, según la resolución de Defensa de la Competencia. Los mensajes fueron requisados por el organismo al inspeccionar las instalaciones de Kriol Produccions y Canal Maestrat, ambas de los hermanos Adell Bover. “Una pregunta ¿vais a rebajar mucho el importe? para los lotes de 25.000 euros lo veo muy justo”, escribió uno de los participantes sobre las licitaciones de la radiotelevisión pública valenciana.

En este chat intervienen representantes de Comunicacions del Ports SA, Kriol Produccions SL y Canal Maestrat SL, según precisa el documento. “Lo que veo es que los costes máximos por servicio no son para echar cohetes. Si se baja mucho.... nos sale rana”, agrega la misma persona.

A esta le responde otro participante con una recomendación: “Nos dijeron en el departamento de asesoramiento jurídico que iban a fijarse solo en el coste unitario servicio, no en el presupuesto total, en el cual debíamos poner el máximo”, expone esta segunda persona tras, al parecer, haber departido con alguien de la cadena. Tras esta intervención, un tercero reconoce de nuevo conversaciones entre las tres firmas: “Han publicado hoy unas aclaraciones al pliego. Pegadles un vistazo, pero vienen a decir lo que explicasteis el sábado por whatsapp”.

“Sr. Fxxxx”

Los participantes, que llegan incluso a compartir información sobre sus propuestas justo antes de presentarlas, dialogan largo y tendido sobre los concursos públicos, antes incluso de que se licitaran. “El día 8 de febrero de 2019, Bxxxx comunica al Sr. Fxxxx que le ha aclarado a Cxxxx diversas cuestiones relativas a la licitación, como el tema de las bajas temerarias y la cuestión de las empresas vinculadas. Previamente le había pedido o sugerido a este llamar a una persona de la asesoría jurídica de À Punt”, recoge el informe.

Las productoras solo podrán recurrir la decisión de la Comisión de Defensa de la Competencia mediante un procedimiento contencioso-administrativo, pues la resolución del organismo es firme. No obstante, los problemas de las productoras todavía podrían ir a más.

La Ley de Contratos del Sector Público contempla la prohibición de contratar a las sociedades que hayan sido sancionadas con carácter firme por una infracción grave, como es el caso. No obstante, el organismo autonómico ha remitido su resolución a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado para que sea esta quien decida al respecto.

“Precios idénticos”

Al margen de los mensajes de whatsapp, la Comisión de Defensa de la Competencia fundamenta su sanción en la tabla de precios resultante de las pujas de cada una de las productoras.

De dicha tabla extrae dos conclusiones: “que las cuatro empresas incoadas utilizaron cuatro tipos o modelos de ofertas, con precios idénticos en los cuatro conceptos, que se repiten de forma coordinada en los distintos lotes a los que concurrieron”, por un lado. Por otro, subraya que “la utilización coordinada de estos cuatro tipos o modelos de oferta responde a un sistema de reparto, por el que Comunicacions, Canal, Kriol y Visualiza rotan en las posiciones 1ª, 2ª, 3ª y 4ª en los Lotes 1, 2 y 3”.

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