La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a la diseñadora de moda flamenca Juana Martín de los presuntos delitos continuados de  prevaricación y malversación de caudales públicos en el marco de una pieza separada del Caso Invercaria.

La sentencia rechaza las peticiones de la Fiscalía, que llegaba a pedir 11 años de prisión para la diseñadora por haber recibido 850.000 euros en forma de préstamos, concedidos por empresa pública de la Junta Invercaria entre 2006 y 2011 El tribunal también estima que esos créditos no se concedieron irregularmente.

En la sentencia, ya notificada a las partes y contra la que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, los magistrados absuelven, además de a la diseñadora cordobesa, al expresidente de Invercaria Tomás Pérez Sauquillo; al exdirector financiero Antonio Nieto y al exdirector de Promoción Cristóbal Cantos.

La Audiencia concluye que “no consta el dictado de resolución injusta que pudiera integrar el delito de prevaricación, ni la desviación de fondos en ningún caso acreditada”, a lo que se suma que, según la prueba pericial practicada y valorada por los magistrados, “no se ha producido menoscabo de fondos públicos”.



La Sección Primera pone de manifiesto que “el hecho de que se produjeran pérdidas en la sociedad (de Juana Martín) debido a las razones aludidas por las partes y testigos, así como a la crisis económica puesta de manifiesto por los peritos, no puede servir de base para la imputación de los delitos de prevaricación y malversación por los que vienen acusados”.



Los magistrados subrayan que, de la prueba practicada y valorada, se desprende que el expresidente de Invercaria “tenía capacidad para la concesión del préstamo participativo y que lo hizo tras los estudios y análisis técnicos, económicos y financieros de viabilidad”, que fueron realizados por el exdirector financiero y el exdirector de Promoción. Ninguno de los dos "tenían facultades decisorias, cumpliendo con el Plan director de Invercaria y la normativa relacionada”, por lo que “ninguna arbitrariedad supuso la concesión de estos”.



Los magistrados explican que, de las testificales prestadas por los tres directivos de Invercaria “se desprende que no se incumplió el procedimiento en las distintas fases, tanto en la fase de estudio, negociación, formalización y seguimiento de las operaciones". 

Viabilidad

Sobre la actuación de Juana Martín, estima la sentencia que "consta que fue desde Invercaria, a través de sus representantes, los que se dirigieron a ella para hacer un proyecto de difusión y promoción de la marca, lo que hizo que la misma, lógicamente, se interesara por el proyecto, dado que estaba teniendo un gran éxito a nivel nacional”.



Asimismo, la sentencia estima “la viabilidad” del proyecto de Juana Martín, pues los testigos declararon que “se trataba de una marca con éxito en el mercado de ropa flamenca, que había desfilado en Pasarela Cibeles y contaba con varios premios”. Si el resultado fue adverso "influyeron varios factores, entre ellos, la crisis económica del momento”.

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