El Juzgado de lo Penal número 11 de Sevilla ha condenado a un año de cárcel y al pago de una multa de 742.500 euros a Miguel López Adán (IU-CA). Se trata del ex director general de la Fundación para la Formación, Innovación y Cooperación, conocida como la Fundación DeSevilla y adscrita al Ayuntamiento hispalense en la etapa del socialista Alfredo Sánchez Monteseirín y de Antonio Rodrigo Torrijos (IU).

López Adán estuvo al frente de la fundación desde 2007 a 2011 y fue el único que se sentó en el banquillo ante el fraude de un millón de euros de las arcas municipales. Todo ello pese a que el Ministerio Público y su defensa apuntaran durante el juicio al entonces delegado de Economía, Carlos Vázquez, y al propio Torrijos.

El juez considera en su sentencia que el montante de la subvención "no fue destinada a desarrollar los proyectos que integraban la misma", en concreto 13 proyectos de cooperación, sino a otros fines sociales de su partido en países como Cuba o Nicaragua, que fueron tapados con supuestos proyectos de formación cuyos gastos fueron muy imprecisos.

La Fiscalía llegó a calificar la Fundación DeSevilla como un "instrumento público al servicio de Izquierda Unida" y le reclamó al ahora condenado cuatro años y medio de cárcel.

En la sentencia, facilitada por el TSJA, el magistrado considera probado que, el día 20 de noviembre de 2008, el acusado remitió al Ayuntamiento una solicitud de subvención/ayuda económica para esos 13 proyectos de cooperación. Para ello, el Ayuntamiento, a través de la Delegación de Relaciones Institucionales, aportó la cantidad de 990.000 euros.



El juez precisa que, en sesión celebrada el 11 de diciembre de 2008, la Junta de Gobierno aprobó el convenio referido y la fundación recibió el 75% de la subvención, que ascendió a un total de 742.500 euros.

Al hilo de ello, el magistrado pone de manifiesto que, si bien en un principio la ejecución de los proyectos para los que fue concedida la subvención tenían fecha de octubre de 2008 a octubre de 2009, el acusado pidió una ampliación del plazo de ejecución por tiempo de seis meses. "El motivo no era otro que el impago de la subvención", extendiéndose la ejecución hasta marzo de 2010.

Renuncia a la subvención

Un año después, el condenado remitió un escrito al entonces delegado de Relaciones Institucionales renunciando al total de la subvención concedida en el expediente 98/08, reconociéndose el abono del 75% de la misma. Sin embargo, el juez destaca que entre diciembre de 2009 a abril de 2010, 259.288,48 euros se destinaron a nóminas, 60.000 euros se emplearon para ejecutar un aval, 41.747,69 euros a material de copistería y papelería, y 10.352,61 euros en abonar facturas a empresa de viajes.

A fecha 20 de abril de 2010, la cuenta arroja un saldo de 74,16 euros. "Prácticamente en cuatro meses toda la cantidad recibida se esfuma en gastos que nada tienen que ver con los proyectos", señala el juez. Cree que se destinaron a la subsistencia de los puestos de trabajo mediante el abono de nóminas y pagos a la Seguridad Social.

A su vez, el magistrado critica que "resulta un insoportable y grosero incumplimiento de la subvención en términos absolutos, porcentuales y económicos que exige el uso del derecho penal".



Además de la pena de prisión impuesta y de la multa de 742.500 euros, el juez también lo condena a la pérdida de la posibilidad de obtener ayudas públicas y subvenciones y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante cuatro años.