La familia del soldado de Infantería de Marina Antonio Carrero, fallecido en mayo de 2018 en las inmediaciones de la localidad de Somadougou, en la República de Mali, ha reclamado a una aseguradora que le indemnice por la muerte del militar después de la negativa inicial de esta compañía, que aseguró que la culpa del accidente fue de un autobús que provocó el suceso y no se detuvo en el lugar, por lo que nunca se lo llegó a identificar.

Según un escrito del letrado que defiende a los familiares de la víctima, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, la indemnización que exigen ascendería a un total de 143.769 euros. El abogado, Fernando Osuna, explica que la compañía aseguradora atribuye la culpa de lo ocurrido al autobús del país africano que provocó el accidente.

Dice también que "en Mali es prácticamente imposible demandar a un seguro desconocido del autobús en cuestión , por ser un país con estructuras judiciales arcaicas y con otros muchos problemas".

Carrero tenía 27 años. Era natural de Dos Hermanas (Sevilla). Estaba destinado en el Tercio de Armada, en el II Batallón de Desembarco, con sede en San Fernando (Cádiz). España participaba, con 292 efectivos, en la misión EUTM Malí. 60 de ellos pertenecían al Cuerpo de Infantería de Marina.

Los hechos

Los hechos se produjeron a las 8:55 de la mañana (hora española) a unos 40 kilómetros al sur de Sevare, en el centro del país. El militar de las Fuerzas Armadas ocupaba un vehículo que formaba parte de un convoy de nueve automóviles militares que hacía el trayecto desde la ciudad de Sevare a la Koulikoro.

Allí se habían desplazado dos días como destacamento de protección de la fuerza en las labores de asesoramiento y formación militar a las Fuerzas Armadas Malienses y del G5 Sahel, en regreso hacia la ciudad donde tenían establecida la base militar de forma permanente.

El vehículo en el que viajaba el soldado era un Lince, y ocupaba la última posición de la columna del convoy. Cumplía en el vehículo la posición de tirador en la torreta vigilando la retaguardia de la columna. El accidente se produjo al cruzarse un autobús al paso del convoy del Ejército español.

Al no caber por la calzada los dos vehículos que se cruzaban en sentidos contrarios, se salió de la carretera por el lado derecho de su sentido de circulación, y al tratar de volver a la misma, el conductor perdió el control del vehículo al chocar la rueda trasera con el desnivel existente entre la calzada y la cuneta.

El vehículo en el que viajaba el militar junto a otros tres compañeros efectuó una maniobra que terminó con el vuelco en una zanja junto al camino. Atravesó la carretera dando una vuelta de campana, quedando volcado en la cuneta, fuera de la calzada, por el lado izquierdo de su sentido de circulación. Carrero sufrió la peor parte del accidente: perdió la vida por las heridas sufridas.

Voluntario para la misión

El soldado se presentó voluntario para participar en la misión multinacional de entrenamiento de la Unión Europea en Mali. La demanda se presenta "en reclamación de indemnización de daños y perjuicios contra una entidad aseguradora europea con sucursal en España".

El abogado remarca que el Ejército de Tierra "tiene asegurada la responsabilidad civil derivada de los hechos de la circulación del vehículo con la compañía AIG EUROPE LIMITED, mediante un seguro colectivo".

El vehículo propiedad del Ejército de Tierra "quedó destrozado a resultas del accidente, en estado inservible, y se presume que habrá sido declarado siniestro total, desconociendo esta parte los acuerdos alcanzados al respecto entre aseguradora y Ministerio de Defensa”, cita la querella.

Para la familia, "no es legítimo ni debe considerarse como motivo de exención de responsabilidad achacar la misma a un vehículo no identificado, el autobús de Mali, que de haber tenido existencia real e intervención en el siniestro, se hubiera detenido y hubiera sido identificado, pero lo cierto es que no hay colisión ni identificación de tercero alguna".

Dice el abogado que las alegaciones que hacen desde la aseguradora tiene el objeto de "tratar de imposibilitar a los perjudicados la reclamación, en cuanto es imposible demandar a un seguro desconocido en un país con estructuras judiciales arcaicas como Mali".

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