Según el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el 65% de los desahucios del tercer trimestre de este año fueron de personas que vivían de alquiler. Si durante años tuvieron un gran impacto los desalojos de ciudadanos que no podían pagar la hipoteca, ahora es el mercado del alquiler el que está generando problemas que el Gobierno pretende atajar. 

El Consejo de Ministros aprobó este viernes un real decreto-ley para favorecer y regular el alquiler en España ante el creciente aumento de los precios, de manera sostenida e intensa, especialmente en Madrid y Barcelona.

Aunque tendrá que ser convalidado por el Congreso en un plazo de un mes, el texto entrará en vigor este mismo fin de semana para los nuevos contratos, pero deja para más adelante una de las medidas estrella pactadas por Pedro Sánchez y Pablo Iglesias: permitir que los Ayuntamientos puedan limitar los precios de la vivienda en las conocidas como "zonas tensionadas" donde el problema sea más grave. 

Estas son las principales medidas adoptadas hoy:

Contratos de cinco años en vez de tres

El Gobierno vuelve al marco previo a 2013, cuando el Gobierno de Mariano Rajoy rebajó de cinco a tres años el período del contrato tipo. Entonces, el Ejecutivo quería dinamizar el sector alentándolo con contratos más cortos, pero según el ministro de Fomento, José Luis Ábalos, no ha mejorado ni la oferta ni los precios. 

A partir de ahora, los contratos tendrán que ser de cinco años. En caso de que se trate de una persona jurídica, se prorroga a siete. 

Prórrogas tácitas de 1 a 3 años

Las prórrogas de los contratos pasarán de uno a tres años. Se trata de los alargamientos "tácitos", es decir, cuando vence el contrato y se prorroga automáticamente. 

Límite a las fianzas

Hasta ahora, los arrendadores que ponían un piso en alquiler no tenían límites al número de meses que podían pedir como garantía en caso de que hubiese algún daño en la vivienda cuando se extinguiese el contrato. 

A partir de ahora, el Gobierno fija en dos mensualidades el montante de la fianza. 

Gastos inmobiliarios

En caso de que el arrendador sea una persona jurídica (una empresa, por ejemplo), los gastos deberán correr siempre a su cargo y no al arrendatario al que se le alquile la vivienda. 

Obras en casa

El texto del decreto también facilitará la posibilidad de acordar obras en la vivienda alquilada durante el contrato de alquiler y no después de que el inquilino la haya abandonado, según ha dicho Ábalos. 

Desahucios

El Gobierno también cambia la Ley de Enjuiciamiento Civil para fomentar que, en caso de un desahucio, se pueda paralizar el desalojo hasta que entren en escena los servicios oficiales y valoren la posibilidad de ofrecer una alternativa habitacional. 

Este punto no ha sido aclarado con detalle, por lo que sólo el texto del decreto explicará si se trata de meras recomendaciones o de soluciones reales. 

Pisos turísticos

Se permite a las comunidades de vecinos limitar el número de viviendas turísticas en el edificio si así lo deciden tres quintas partes de los inquilinos. 

Medidas fiscales

Se permitirá la exención del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para los "contratos de arrendamiento para viviendas de uso estable y permanente", según ha anunciado el ministro. 

También se permitirá a los Ayuntamientos bonificar hasta el 25% del IBI para viviendas a precio limitado. 

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