La juez número 4 de Navalcanero (Madrid) ha acordado la puesta en libertad del dueño de Funnydent, Cristóbal López Vivar, detenido y enviado a prisión por estafa tras cerrar sus clínicas sin terminar los tratamientos de algunos clientes, quienes habían pagado ya su totalidad.

La juez Ana García González entiende un mes y medio después de enviarle a la cárcel que ahora debe quedar en libertad dado que la restricción de libertad es una medida muy excepcional. Entiende la instructora que ya no existe riesgo de fuga ni reiteración delictiva, una vez que se le han bloqueado todos los bienes, las cuentas y se han guardado todos los historiales clínicos de los afectados.

El dueño de la cadena de clínicas está investigado por haber creado diferentes empresas en el ámbito de la odontología y que "pese a los beneficios que al parecer ofrecía el negocio, de aproximadamente un millón y medio de euros al mes", López no aclara -según recogía el auto de prisión- cómo tan "fructífero negocio derivó en el impago de los trabajadores y a sabiendas de las dificultades económicas que su negocio atravesaba ya en el verano pasado siguió con su actividad acogiendo a más pacientes".

Los historiales de pacientes, asegurados

Y a pesar de ello, y de continuar haciendo gastos, como la adquisición de un vehículo de alta gama poco antes, procedió sin previo aviso ni a los trabajadores ni a los pacientes el pasado 20 de enero a realizar el cierre de todas las clínicas.

En el auto de libertad, la juez explica que practicadas todas las diligencias, “entre ellas la intervención judicial de las empresas y nombramiento de dos administradores mancomunados que deberán dar cuenta a este Juzgado de todas las actuaciones que estimen procedentes a los fines ya previstos, con el consiguiente cese en tales facultades al investigado, acordado el precinto y aseguramiento de los bienes de todas las clínicas, practicados embargos en las viviendas y en las cuentas bancarias que figuraban a nombre de las empresas y del investigado, así como habiendo procedido a la recogida de todos los historiales clínicos para todas las demandas de los afectados que los precisasen continuación de su tratamiento, tal y como consta actuaciones, se entiende que la situación de provisional acordada respecto del investigado no debe atender para la en las prisión ser ya mantenida”.

De esta manera, García González estima así la petición del imputado de quedar en libertad aunque acuerda la obligación de comparecer los días uno y quince de cada mes ante el Juzgado para acreditar que no se ha fugado de la acción de la justicia.

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