Hace unos días tuvimos conocimiento de que el índice de calidad democrática que elabora cada año el semanario británico The Economist rebajó la nota de España, dejando de considerarse una “democracia plena” para pasar a ser una “democracia defectuosa”.

El semanario británico afirma en su informe que “el descenso de España en 2021 se debe principalmente a una rebaja en su puntuación por la independencia judicial, relacionado con las divisiones políticas sobre el nombramiento de nuevos magistrados al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), órgano de supervisión del sistema judicial y destinado a garantizar su independencia.”

Sin embargo, la falta de renovación del Consejo General del Poder Judicial no es el único foco de atención a nivel internacional. También la propia forma de elección de los vocales del Consejo ha dado lugar a advertencias y recomendaciones por parte de instituciones europeas.

La falta de acuerdo para la renovación del CGPJ es consecuencia de la politización que se ha hecho de este órgano constitucional. La Ley Orgánica del del CGPJ de 1980, estableció que los doce vocales de procedencia judicial serían elegidos por los propios jueces y magistrados. Sin embargo, la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985, estableció que todos los vocales serían elegidos por el Congreso de los Diputados y el Senado.

La sentencia del Tribunal Constitucional, que resolvió el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra esta ley, declaró la constitucionalidad de este sistema, pero advirtió del riesgo de politización del Consejo.

"El informe recuerda los "llamamientos" para que España lleve a cabo una reforma del sistema de elección del CGPJ"

Y afirma: “Ciertamente, se corre el riesgo de frustrar la finalidad señalada de la norma constitucional si las Cámaras, a la hora de efectuar sus propuestas, olvidan el objetivo perseguido y, actuando con criterios admisibles en otros terrenos, pero no en este, atiendan sólo a la división de fuerzas existente en su propio seno y distribuyen los puestos a cubrir entre los distintos partidos, en proporción a la fuerza parlamentaria de estos".

Y añade: "La lógica del Estado de partidos empuja a actuaciones de este género, pero esa misma lógica obliga a mantener al margen de la lucha de partidos ciertos ámbitos de poder y entre ellos, y señaladamente, el Poder Judicial.” Esos riesgos de los que advirtió el Tribunal Constitucional se han hecho realidad.

Por su parte, la Comisión Europea publicó el 20 de julio de 2021, sus informes sobre el Estado de Derecho en cada país de la UE, siendo su segunda evaluación anual sobre el Estado de derecho en todos los países de la UE. En el caso de España, de nuevo puso el foco de atención en el CGPJ, sobre el que expresó su temor a la percepción del Consejo como una “institución vulnerable a la politización”, a causa del bloqueo en la elección de sus nuevos miembros.

El informe recuerda los "llamamientos" para que España lleve a cabo una reforma del sistema de elección del CGPJ, que permita que una mayoría de los vocales sean designados por jueces, "en línea con los estándares europeos". De este modo, la Comisión hace suyas las recomendaciones en esta materia del Consejo de Europa.

Recuerda que persisten las preocupaciones por la falta de renovación del CGPJ, mientras que, a raíz de algunos acontecimientos recientes, “se ha exigido que sean sus homólogos quienes designen a los jueces miembros”. El CGPJ viene actuando en funciones desde diciembre de 2018, lo que ha provocado que persista la preocupación de que sea percibido como una institución expuesta a influencia política, como ya se mencionó en el Informe sobre el Estado de Derecho de 2020.

El informe indica también que algunas asociaciones de jueces reclamaron que los doce jueces miembros del Consejo fuesen nombrados directamente por sus homólogos, de conformidad con las normas del Consejo de Europa. Este último recordó que las normas europeas establecen que al menos la mitad de los miembros del Consejo han de ser jueces nombrados por sus homólogos de todos los niveles del poder judicial. Señalando a este respecto: “Es importante que se tengan en cuenta estas normas europeas y se consulte a todas las partes interesadas pertinentes”.

Para la Comisión Europea, ya no es suficiente con desbloquear la renovación del órgano de gobierno de los jueces, que lleva en funciones desde diciembre de 2018, sino que quiere que España vaya más allá y reforme el sistema de elección del CGPJ, con el fin de reforzar su independencia frente a posibles injerencias políticas.

De ahí la petición de que sean los jueces los que elijan directamente al menos al 50% de sus 20 miembros, entre sus pares. Este es el mensaje que ha trasladado directamente el Comisario de Justicia, Didier Reynders, tanto al Gobierno, como a las principales fuerzas de la oposición, en los contactos que mantuvo con todos durante los últimos meses, según manifestó el 30 de junio de 2021 en rueda de prensa.

Por otro lado, el Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO), dependiente del Consejo de Europa, difundió el 30 de septiembre de 2021, su segundo informe de cumplimiento, en el que constata el incumplimiento de la recomendación referida al sistema de elección de los vocales judiciales del órgano de gobierno de los jueces.

Reiteró nuevamente la necesidad de eliminar la selección del turno judicial de los políticos. Y señaló que según los estándares aplicables del Consejo de Europa con respecto a la elección del turno judicial en los consejos judiciales, cuando hay una composición mixta, se recomienda que los jueces sean elegidos por sus pares y que las autoridades políticas, como el Parlamento o el ejecutivo, no estén involucradas en ninguna etapa del proceso de selección.

Entre las conclusiones del informe se señala que es la única de las 11 recomendaciones que sigue sin ser aplicada.

***Juan Antonio Calle Peña es exmagistrado de la Audiencia Provincial de Sevilla y socio director de la firma LEGAL GLOBAL SERVICES Abogados.