El Consejo de Ministros aprobó este martes la prórroga de las becas y ayudas públicas para deportistas que tramita el Consejo Superior de Deportes (CSD) ante la cancelación de las competiciones cuyos resultados permiten la obtención de las mismas.

Así lo determina el Real Decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros con medidas de apoyo al sector cultural para hacer frente a la situación derivada del Covid-19, que en el capítulo quinto, relativo a otras medidas, se refiere a las ayudas tramitadas por el CSDEl texto introduce una disposición relativa a ayudas cuya cuantía se ve determinada por los resultados que los deportistas obtienen en diferentes competiciones.

"Dado que la situación generada por la evolución del Covid-19 ha supuesto la suspensión de muchas de aquellas, es necesario prever la continuidad de dichas ayudas, evitando que los deportistas beneficiarios, que no han podido competir, ni, por tanto, alcanzar los resultados de los que dependen las mismas, por causa que no les es imputable, se vean privados de ellas", añade.

El citado artículo indica que "en caso de que, como consecuencia del Covid-19 o de las medidas sanitarias o de contención adoptadas al respecto, tenga lugar la cancelación de competiciones deportivas, susceptibles de determinar los resultados por los que se conceden becas o ayudas públicas a los deportistas en convocatorias tramitadas por el Consejo Superior de Deportes, quedarán prorrogadas las becas y ayudas por resultados deportivos obtenidas en el ejercicio inmediatamente precedente".

También, en su disposición adicional segunda, el Real Decreto-ley confirma que el programa "Alicante 2021. Salida Vuelta al Mundo a Vela" tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de la legislación actual, con una duración que abarcará desde 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2022.

"La certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa se efectuará en conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002, de 23 de diciembre", añade, a la vez que indica que "las actuaciones a realizar serán las que aseguren el adecuado desarrollo del acontecimiento" y que "los beneficios fiscales de este programa serán los máximos establecidos en el artículo 27.3 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre".

Afrontar las consecuencias de la pandemia

El Real Decreto-ley afirma que "en el actual escenario de contención y prevención del Covid-19 es urgente y necesario atajar la epidemia y evitar su propagación para proteger la salud pública a la vez que se adoptan medidas de contenido económico y asistencial en el ámbito cultural para afrontar sus consecuencias".

También asegura que "responde a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia, tal y como exige la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo".

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