Joan Laporta, presidente del FC Barcelona, aseguró ante la jueza del caso Negreira que el club firmó en 2021 un "acuerdo fiscal global con Hacienda" y que nunca aceptó que los pagos a las empresas de José María Enríquez Negreira, exvicepresidente del CTA, fueran una mera liberalidad.
Pero una vez más en este caso Negreira, las pruebas relatan unos sucesos muy diferentes a los que narran desde el club. Las actas de la Agencia Tributaria de aquel caso a las que ha tenido acceso EL ESPAÑOL desmienten ambas afirmaciones.
El presidente azulgrana declaró el pasado viernes durante cerca de una hora ante la jueza que instruye el caso Negreira como testigo, el mismo día que también lo hicieron Luis Enrique y Ernesto Valverde.
En su comparecencia, Joan Laporta trató de desvincular los pagos realizados a José María Enríquez Negreira y a su hijo de cualquier irregularidad, defendió su utilidad deportiva y negó que el club asumiera que se tratara de simples liberalidades sin contraprestación real.
También afirmó que, en julio de 2021, el Barça cerró un acuerdo "global" con la Agencia Tributaria para poner fin a todas las inspecciones abiertas, incluida la que afectaba a los pagos a agentes de futbolistas, uno de los puntos que, según él mismo reconoció, más impacto económico tenía para la entidad en ese momento.
Declaración de Joan Laporta en el caso Negreira
El acuerdo con Hacienda
La documentación oficial de la Inspección de Hacienda del Estado, firmada ese mismo mes de julio de 2021, a la que ha podido acceder EL ESPAÑOL, dibuja un escenario muy distinto.
Las actas (sobre el Impuesto de Sociedades e IVA) suscritas por el club revelan que el Barcelona no aceptó un pacto global por todas las causas abiertas, sino que rechazó expresamente la regularización vinculada a los pagos a agentes de jugadores.
Al mismo tiempo, sí aceptó -por escrito y con firma- que los pagos a las empresas de Negreira fueran calificados fiscalmente como liberalidades, con todas las consecuencias tributarias que ello implica.
Joan Laporta, con uno de lo informes elaborados por Enríquez Romero
Durante el interrogatorio del fiscal, Laporta explicó que, al llegar a la presidencia en marzo de 2021, se encontró con una situación económica "límite" y con varias inspecciones abiertas por parte de Hacienda, iniciadas en julio de 2019.
Según su versión, la prioridad fue evitar un impacto aún mayor en las cuentas del club y, para ello, aceptaron una propuesta de la Agencia Tributaria que permitía cerrar "todos estos temas" mediante un acuerdo de máximos.
"Firmamos la conformidad", afirmó Laporta, insistiendo en que se trataba de un pacto global que incluía, entre otros asuntos, el conflicto histórico sobre la contabilización de los pagos a agentes de futbolistas, un frente que describió como potencialmente dañino para las finanzas azulgranas.
Las actas oficiales contradicen esa afirmación. En el documento de conformidad del Impuesto sobre Sociedades, fechado el 21 de julio de 2021, la propia Inspección detalla que el Barça manifestó su disconformidad con varios apartados clave de la regularización.
En concreto, el acta distingue entre diferentes bloques: la regularización de cuotas de IVA correspondientes a facturas de agentes de diversos jugadores, los servicios recibidos de determinadas entidades sanitarias y los gastos en viajes chárter.
Todos esos puntos fueron rechazados por el club y se recogieron en actas de disconformidad separadas a la que firman en julio de 2021.
Es decir, lejos de aceptar un cierre global, el Barcelona se negó a dar por bueno precisamente el apartado relativo a los agentes de futbolistas, el mismo que Laporta presentó ante la jueza como uno de los grandes problemas heredados que se habían solucionado mediante el pacto con Hacienda.
La única parte aceptada en conformidad fue la relativa a las facturas de las sociedades Nilsad SCP y Dasnil 95 SL, vinculadas a Enríquez Negreira y a su entorno .
En el acta de conformidad con el impuesto del IVA la historia se repite. Se declina aceptar el acuerdo sobre la regularización de las cuotas de IVA correspondientes a las facturas de agentes de futbolistas.
En cambio, se acepta el acuerdo sobre las facturas del Nilsad y Dasnil 95, así como sobre los ingresos procedentes de la primera inscripción como jugadores profesionales de futbolistas que pertenecieron a la cantera del club.
Joan Laporta, presidente del FC Barcelona
Qué es una "liberalidad"
Otro aspecto clave de la declaración de Laporta se centra en la calificación fiscal de los pagos a las empresas de José María Enríquez Negreira.
A preguntas del fiscal, el presidente negó de forma tajante que el club hubiera admitido que esos pagos fueran una liberalidad, es decir, un gasto sin causa económica real o sin contraprestación efectiva.
Según su versión, aceptar el acta no implicaba reconocer que los servicios de asesoramiento arbitral no existieran ni que no hubiera informes.
En términos fiscales, la liberalidad tiene un significado muy concreto. La legislación del Impuesto sobre Sociedades considera liberalidades aquellos gastos que suponen una disposición gratuita de fondos, sin una contraprestación directa y necesaria para la obtención de ingresos.
Se trata, en esencia, de pagos que no guardan una correlación demostrable con la actividad empresarial y que, por tanto, no son deducibles.
La Inspección de Hacienda fue explícita al justificar esta calificación. En el acta se expone que el FC Barcelona no acreditó la realidad ni la efectividad de los servicios facturados por Nilsad SCP y Dasnil 95 SL.
Pese a los reiterados requerimientos, el club no aportó contratos, encargos concretos, identificación de los profesionales que habrían prestado los servicios ni los informes, vídeos o documentos que justificaran el asesoramiento arbitral facturado durante varios ejercicios.
En una diligencia de febrero de 2020, el propio representante del club reconoció ante la Inspección que había sido "imposible" localizar esa documentación porque las personas encargadas de esos trabajos ya no se encontraban en el club.
El hijo del exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA) José María Enríquez Negreira, Javier Enríquez, a su salida de la Ciudad de la Justicia de Barcelona
La posición de Hacienda
Para Hacienda, ese vacío probatorio resultó determinante para terminar calificando los pagos como liberalidades.
El acta recoge una extensa fundamentación jurídica basada en la doctrina consolidada del Tribunal Supremo.
Según esa jurisprudencia, para que un gasto sea fiscalmente deducible no basta con que exista una factura o con que el pago se haya realizado. Es imprescindible acreditar la realidad del servicio, su concreción y su vinculación directa con la generación de ingresos.
La Inspección concluyó que, en el caso de las empresas de Negreira, no se cumplían esos requisitos. No quedó acreditada la efectiva prestación de los servicios ni su afectación directa a la actividad empresarial del club.
En consecuencia, los pagos fueron considerados liberalidades y, como tales, no deducibles ni en el Impuesto sobre Sociedades ni en el IVA soportado.
Además, el acta enumera las circunstancias que, según la jurisprudencia, definen una liberalidad: la entrega gratuita aceptada por el receptor, la ausencia de función retributiva y la falta de contraprestación real.
Bajo ese prisma, Hacienda descartó que los pagos pudieran calificarse como "gastos necesarios" para la obtención de rendimientos deportivos o económicos.
Aceptación expresa del club
Pese a la defensa verbal de Laporta ante la jueza, el documento firmado en julio de 2021 no deja margen a la ambigüedad.
En el apartado final del acta, el obligado tributario -el FC Barcelona- presta su conformidad a la propuesta de liquidación y extiende su aceptación "a los hechos recogidos en el acta y a todos los demás elementos determinantes de dicha liquidación".
Esa aceptación incluye, de forma expresa, la calificación de los pagos a Nilsad y Dasnil como liberalidades y la regularización fiscal derivada de esa consideración.
El club no recurrió esa parte del acta y procedió al pago de la deuda resultante, que supuso 456.574,26€ entre cuota e intereses en el Impuesto de Sociedades (2015/16/17) y 558.041,65€ en el impuesto del IVA (2015/16/17/18).
En total, el FC Barcelona pagó 1.014.615,91 € entre ambas actas de conformidad y en ninguna de ellas cerró el que Joan Laporta consideraba que era el asunto más importante para las cuentas del club.
Laporta posa junto a las cajas del 'caso Negreira' en rueda de prensa
Otra contradicción más
La distancia entre el contenido literal de las actas de Hacienda y el relato ofrecido por Joan Laporta ante la jueza introduce una contradicción relevante en el caso Negreira.
Por un lado, el presidente sostuvo que nunca se reconocieron la inexistencia de los servicios ni su inutilidad deportiva.
Por otro, la documentación oficial muestra que el club aceptó una regularización basada precisamente en la falta de acreditación de esos servicios.
También queda desmentida la idea de un acuerdo fiscal global que cerró todas las investigaciones abiertas.
El Barça rechazó la regularización de los pagos a agentes, un asunto que Laporta calificó como crucial, y solo aceptó la parte relativa a Negreira.
Aunque Laporta comparece como testigo y su imputación fue archivada por prescripción, estas divergencias documentales añaden presión al relato institucional del club.
En un caso que ya ha puesto bajo la lupa dos décadas de pagos opacos y ha generado un fuerte impacto reputacional, las actas de Hacienda se han convertido en un elemento incómodo: un documento firmado que contradice, punto por punto, la versión defendida ante el fiscal.
El procedimiento judicial sigue su curso, centrado en las etapas de Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu al frente del club, debido a la prescripción de los años previos.
Pero el pasado documental parece que va en contra del relato azulgrana, al menos en el plano fiscal. El Barça sí aceptó que los pagos a Negreira fueron una liberalidad, y no firmó ningún pacto global que borrara todas sus disputas con Hacienda.
