AFE traslada de nuevo la preocupación de los futbolistas de Primera y Segunda División sobre la vuelta a los entrenamientos y a la realización de tests, entendiendo que esta decisión debe adoptarla el Gobierno. En un comunicado emitido este viernes ha pedido al Ministerio de Sanidad y al CSD que aclaren si los clubes pueden hacer test a los futbolistas.

En el escrito afirma que, tras las reuniones realizadas, consideran "que hay otros colectivos que necesitan más que ellos la realización de test y acceso a demás material sanitario en estos momentos".

La asociación subraya en sus escritos que los y las futbolistas están totalmente comprometidos con nuestra sociedad, y por ello plantea una simple pregunta al Ministerio y al CSD: "¿Nos pueden decir si están autorizados los clubes para realizar test antes de regresar a la actividad en estos momentos?". Y si es así, "¿nos pueden indicar las autorizaciones a los efectos?".

El sindicato pide a la Administración que se pronuncie "por seguridad jurídica para los afectados en este caso (...) ante un asunto del que son conscientes produce controversia en una sociedad cuya pandemia ha provocado miles de víctimas".

"La salud pública no es cuestión de unos, ni de otros, sino de toda la sociedad. Como trabajadores, los futbolistas cumplirán con las prescripciones que desde riesgos laborales se les indique desde los clubes. Y desde AFE se ve absolutamente necesario que desde el Gobierno se dé claridad a este tema de los test", agrega en su texto.

El sindicato recuerda que la actual normativa del estado de alarma señala que "se limita la realización de las pruebas diagnósticas para la detección de la COVID-19 a aquellos casos en los que exista una prescripción previa por un facultativo y se ajusten a criterios establecidos por la autoridad sanitaria competente".

Igualmente se refiere a los requisitos que exige el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo para la realización de pruebas diagnósticas para la detección de la COVID-19, la adquisición de material y los relativos a la notificación de casos confirmados.

Según el Real Decreto, "cualquier entidad de naturaleza pública o privada que, en relación con las pruebas diagnósticas para la detección de la COVID-19, adquiera hisopos para toma de muestras, medio de transporte de virus, reactivos de inactivación, kits de extracción de ácidos nucleicos o reacciones de PCR, o test rápidos diagnósticos, deberá ponerlo en conocimiento de la autoridad sanitaria competente de la comunidad autónoma en la que se encuentren ubicados y/o presten sus servicios, con indicación expresa del tipo de material, número de unidades adquiridas y destino de uso".

"Una vez recibida esta información, el Ministerio de Sanidad podrá adoptar, en su caso, las medidas oportunas en atención a criterios de necesidad y urgencia, con el objetivo de garantizar los principios de equidad y cohesión", agrega la norma.