La condena dictada por la Audiencia Provincial de Valencia contra Rafael Mir es "el paradigma de voluntarismo judicial como manifestación de arbitrariedad", afirma la defensa del futbolista en el recurso que resolverá el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Mir fue condenado el pasado 15 de junio a ocho años y medio de prisión por delitos de agresión sexual y lesiones a una joven.
De acuerdo con los hechos probados, la víctima A. y su amiga C. conocieron a Mir y a dos amigos de éste en una discoteca en la noche del 31 de agosto de 2024.
Cuando el local cerró, las dos jóvenes aceptaron ir al chalé del deportista, en aquel momento delantero del Valencia CF.
Pese a que Mir y A. habían mantenido una "actitud cariñosa" durante toda la noche en la discoteca, cuando llegaron al chalé el futbolista se fue a una habitación con C., donde mantuvieron relaciones sexuales consentidas.
Mir se dirigió después a la zona de la piscina, donde A. estaba sentada en una silla. Tras lanzarla al agua, empezó a tocarla y besarla, y le introdujo los dedos en la vagina. A. salió "de forma apresurada" de la piscina con la intención de marcharse.
Según la Audiencia, hubo un segundo episodio de agresión sexual cuando A., después de haber abandonado la casa, volvió a entrar para recoger su bolso y Mir la obligó a entrar en un cuarto de baño, donde volvió a introducirle los dedos en la vagina contra su voluntad, hasta que ella "logró zafarse" y salir.
Las dos mujeres acabaron expulsadas de la casa de malas maneras por P., un amigo de Mir también condenado, que propinó a C. un manotazo en la cara mientras le decía "sois unas niñatas, piraos". P. dejó a C. en la calle semidesnuda.
La defensa de Rafa Mir, ejercida por el letrado Jaime Campaner, sostiene que la Audiencia ha dado una "inadmisible prevalencia probatoria" al testimonio de A. -que, además, lo modificó respecto a sus iniciales declaraciones- pese a que su versión "fue desarbolada" con la prueba practicada durante el juicio.
Afirma que la sentencia ha "prescindido" de pruebas que contradicen a la víctima, en particular dos vídeos aportados por la defensa y el testimonio del personal de seguridad de la urbanización y de cuatro policías locales.
Prescinde, incluso, de los testigos -incluida su amiga C.- que estaban presentes en la piscina cuando la Audiencia asegura que se produjo la primera agresión sexual, señala el recurso.
La sentencia "está plagada de razonamientos arbitrarios que, en más de una ocasión, parten de premisas que se revelan abiertamente falsas", sostiene la defensa, que sostiene que los magistrados "se han limitado a tomar partido por la denunciante, acríticamente".
Los vídeos
El recurso subraya que, tras la aportación de dos vídeos grabados al final de esa noche en el chalé de Mir, "las denunciantes se han visto obligadas a cambiar por completo sus versiones sobre los hechos", pero con un resultado "imposible".
Explica que, según la última versión de A., en un lapso de cinco minutos tendrían que haber acaecido los siguientes hechos: "mientras A. se encuentra pulsando el timbre de la puerta [para volver a entrar] Mir tendría que haber acudido a la entrada de la vivienda, tendría que haberla agarrado con fuerza de un brazo y conducirla por la fuerza al baño; allí tendría que haberla agredido sexualmente hasta la llegada e interrupción de C., quien aporrea la puerta formulando reproches hacia su amiga; A., en supuesto estado de ansiedad, tendría que haber tenido tiempo de dirigirse hacia el exterior de la vivienda seguida de C.; tendría que haber dado tiempo a que P. les recriminara el escándalo que estaban provocando y, acto seguido, las expulsara de la vivienda, empujándolas hasta la puerta exterior; y también a que P. volviera a abrir la puerta y le quitara la toalla a C. Finalmente, en ese escaso lapso temporal, debe existir espacio para la aparición en escena de un vecino que, tras observar el panorama y conversar con ellas, se dirigió hacia el final de la calle y llamó a los agentes de seguridad privada".
Además, según la defensa, los vídeos desmienten que A. sufriera un "grave malestar", como dice la Audiencia.
En esas grabaciones la víctima aparece "sin ningún tipo de ansiedad y participando en la conversación", durante la que P. reprocha a las dos mujeres "la que habéis liado" por el deseo de ambas de estar con Mir.
"El Tribunal de apelación podrá apreciar sin intermediarios el rostro y la actitud de la denunciante", afirma la defensa.
"Lejos de reflejar ese pretendido grave malestar que la Audiencia anuda de modo irracional y tautológico, nuevamente de oficio, a una intimidación y agresión, A. se halla en un estado de absoluta tranquilidad (ningún resquicio de lloro, sollozo o ataque de ansiedad) participando en una conversación en la que intervienen todos, incluida su amiga C., quien se encuentra riendo", señala.
Los policías locales
La defensa considera especialmente grave que la Audiencia valenciana haya ignorado el testimonio de los cuatro policías locales que se personaron en el lugar de los hechos.
De forma coincidente, los agentes manifestaron que las dos chicas "habían discutido porque se ve que C. estaba tonteando con Rafael".
El policía que habló con A. declaró en el juicio que "nos dice que cuando ya llegan a la casa está cabreada con su amiga, que han discutido y se queda en una esquina de la casa. Que en ese momento va Rafael, que le dice que es ella la que le gusta, que no le gusta C. Y entonces se van de ahí a la piscina. Luego en la piscina Rafael le dice de irse al baño y se van al baño y que en esos momentos, cuando están en el baño que están intimando, al introducirle los dedos o varios dedos, ella se siente incómoda, le dice que salen, que pare y se salen fuera. Entonces yo le pregunto 'pero cuando le dices para, ¿para?' y me dice 'sí'. Y le digo '¿y tú te fuiste de forma voluntaria al baño con él a mantener relaciones sexuales?' y me dijo que sí, y le dije que si eran consentidas y me dijo que sí".
El mismo agente se entrevistó con B, el otro amigo de Mir que estaba esa noche en el chalé.
"Como A. me dijo que había sido todo con consentimiento, ahí ya no seguí preguntando. Pregunté al chico, B. para ver qué había sucedido y me dijo que nada, que habían discutido las dos chicas en la piscina porque las dos querían mantener relaciones con Rafael y se habían molestado. Y ahí se había comportado mal su amigo porque las sacó a empujones de la casa", declaró el agente.
La Audiencia ha deducido testimonio contra tres de los cuatro policías que declararon. No contra el cuarto, pese a que dijo lo mismo.
La defensa de Rafa Mir interpreta que "siendo la contradicción [con la declaración de A.] insalvable, lejos de plantearse la Sala la duda a la que venía obligada, sencillamente acuerda deducir testimonio de las declaraciones de los policías locales. Con esta fórmula ciertamente expeditiva, tendente a evitar la contradicción, se cercena irremediablemente el principio de presunción de inocencia".
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