El pasado 2022, Madrid fue considerada como la mejor ciudad de España para viajar con perro. Sin embargo, ¿la nueva Ley de Bienestar Animal promovida por Ione Belarra cambia las obligaciones de los dueños de establecimientos de hostelería con respecto a los perros?

Son muchas las novedades que incluye la Ley de Protección Animal, que fue aprobada el pasado mes de febrero en el Consejo de los Diputados. En este sentido, hay cambios con respecto al acceso de animales de compañía a lugares públicos y privados.  

Restaurantes y bares

La Ley Belarra ha hecho cambios con respecto al acceso con animales de compañía a medios de transporte, establecimientos y espacios públicos. En este sentido: ¿puedo entrar con mi perro en un restaurante?

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Según recoge el artículo 29, en su punto número 2: "los establecimientos públicos y privados, alojamientos hoteleros, restaurantes, bares y en general cualesquiera otros en los que se consuman bebidas y comidas, podrán facilitar la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas".

Los dueños de las mascotas tendrán una serie de obligaciones en esta serie de establecimientos a los que entrarán con sus peludos. Así lo indica la normativa en el punto número 5 del mismo artículo 29:

"Las personas responsables de animales de compañía que puedan acceder a los transportes y establecimientos y lugares señalados en los apartados anteriores, deberán llevar al animal conforme a las condiciones higiénico-sanitarias y respetando las medidas de seguridad que se determinen por el propio establecimiento o medio de transporte, así como la legislación sectorial específica".

¿Qué pasa si no me dejan entrar en un bar con mi animal? Es importante tener en cuenta que los establecimientos que no admiten la entrada y estancia del animal, deberán mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el exterior. 

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Transportes públicos y privados

La Ley del Bienestar Animal también incluye novedades con respecto al acceso de perros en transporte público y privado. Concretamente, la normativa establece que los transportes públicos y privados facilitarán la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas.

En cualquier caso, se especifica los conductores y conductoras del servicio público del taxi o de vehículos de turismo con conductor (Uber, Cabify...) podrán aceptar animales de compañía en sus vehículos "de manera discrecional".

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