Tras la actuación de FACUA Castilla y León, el Ayuntamiento de Valladolid ha devuelto a un usuario 1.260,36 euros, más 75,93 euros de intereses, que tuvo que pagar de impuesto de plusvalía después de que vendiera una vivienda por un valor inferior al que tenía cuando la compró.
Carlos B.P., residente en Valladolid, compró en 2004 una vivienda en la localidad por valor de 146.250 euros. Quince años después decidió venderla y consiguió por ella 112.000 euros. Derivado de dicha transacción, tuvo que abonar al Ayuntamiento 1.260,36 euros del Impuesto por el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana -conocido popularmente como impuesto de plusvalía-.
En este sentido, el Tribunal Constitucional (TC) dictaminó en la sentencia 59/2017, de 11 mayo de 2017, que varios artículos de la ley que regula el pago de este impuesto -la Ley Reguladora de las Haciendas Locales- eran inconstitucionales y nulos cuando "someten a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor".
Los usuarios, por tanto, podían solicitar la devolución del importe que pagaron por la plusvalía si en la venta del inmueble registraron pérdidas. Así, determinó que en estos casos se vulnera el principio constitucional de "capacidad económica" en la medida en que no se vincula necesariamente a la existencia de un incremento real del valor del bien, "sino a la mera titularidad del terreno durante un periodo de tiempo".
Tras conocer dicha información y, por tanto, que no debía haber pagado el impuesto, Carlos se dirigió al Ayuntamiento de Valladolid para reclamar la devolución de los 1.260,36 euros que había pagado de plusvalía.
El Consistorio, sin embargo, nunca llegó a atender la reclamación del usuario, por lo que decidió acudir a FACUA Castilla y León para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos.
El equipo jurídico de la asociación reclamó al Ayuntamiento el reembolso de los 1.260,36 euros pagados de plusvalía ya que era "patente la existencia por la transmisión de una pérdida patrimonial o detrimento del valor del inmueble de 34.250 euros, resultado o diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición".
Así, la asociación advirtió de que "no debió nacer la obligación tributaria por no existir en la transmisión capacidad económica o ganancia alguna susceptible de tal gravamen".
Tras la reclamación de FACUA Castilla y León, el Ayuntamiento de Valladolid ha comunicado que "se comprueba, por esta Administración, que no hay incremento en el valor del terreno del inmueble transmitido, de forma que se trataría de un supuesto de inexistencia de incremento de valor del terreno, procediendo la estimación de la reclamación formulada".
Por tanto, ha resuelto "estimar la solicitud de rectificación" y devolver los 1.260,36 euros abonados en concepto de plusvalía, más 75,93 de intereses, que Carlos ya ha recibido.