La Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL ha ordenado este martes la anulación de una sentencia de la Audiencia Provincial que absolvió a un hombre que fue acusado de agresión sexual en Soria. Además, determinó que se debe celebrar un nuevo juicio con un tribunal diferente para garantizar la imparcialidad.
El TSJCyL establece que la Audiencia Provincial adolecía de motivación suficiente y señala que había contradicciones en la valoración de pruebas. La decisión enfatiza la importancia de la perspectiva de género en la valoración de casos de agresión sexual, reconociendo que la pasividad de la víctima no implica consentimiento.
También subraya la necesidad de considerar el contexto y las reacciones de la víctima ante situaciones de agresión, evitando estereotipos sobre el comportamiento esperado de las víctimas.
La apelación alegó irracionalidad en la valoración de pruebas, falta de motivación y contradicciones en la declaración de la víctima y se argumentó que su declaración era creíble y corroborada por pruebas periciales y testimonios de terceros. Además, el Ministerio Fiscal señaló que la declaración de la víctima cumplía con los requisitos necesarios para desvirtuar la presunción de inocencia.
En la sentencia de la Audiencia se dio por probado que la víctima y el acusado mantuvieron relaciones sexuales en la vivienda de un amigo tras una noche de fiesta y concluyó que no se probó que la relación fuera sin consentimiento.
También recoge que en la exploración forense no mostró signos de violencia o lesiones, pero sí se apuntaba a que la chica sufrió un trastorno de estrés postraumático, aunque no se estableció un vínculo directo con los hechos.
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