El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha revocado este jueves una sentencia de la Audiencia Provincial de Soria que condenó a un hombre por agresión sexual en el mes de octubre de 2024.
El TSJCyL ha estimado íntegramente el recurso de apelación interpuesto por la representación del acusado contra la sentencia de fecha 22 de octubre de 2024 y ha revocado la misma, sin hacer expresa imposición de las costas causadas en ninguna de las dos instancias.
El Tribunal Superior ha justificado la estimación íntegra del recurso al considerar "excesivo" anudar al solo hecho de unos mensajes de Whatsapps "sacados de contexto" la agresión denunciada con las consecuencias punitivas que son del caso.
Y ha recordado que "la única prueba incriminatoria que existe es la versión de la denunciante, contradicha de modo contundente y creíble por la del acusado, versión que ya hemos visto que resulta endeble y contradictoria".
Por ello, el TSJCyL ha entendido que "debe de prevalecer el principio in dubio pro reo y absolver al acusado de la acusación formulada en su contra".
"En definitiva, no es que los hechos analizados y que constituyen la base de la denuncia no sean ciertos, sino que no existe prueba bastante para, eliminada toda duda razonable, tener por ciertos los mismos y entender que sucedieran de la forma que se narra en el escrito rector del proceso", han añadido en su sentencia.
Y han afirmado que, por ello, se está en el caso de "revocar en su totalidad los pronunciamientos condenatorios de la sentencia dictada por la Audiencia provincial y absolver al recurrente del delito del que venía condenado".
Contra esta sentencia del TSJCyL cabe recurso de casación por infracción de Ley y por quebrantamiento de forma.
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