El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la condena por estafa en grado de tentativa a un hombre que intentó hacerse con joyas valoradas en una cantidad que superaba los 50.000 euros en un establecimiento de la Plaza Mayor de Salamanca.
Para reforzar su imagen de solvencia, se presentó como hijo de un “importante empresario” de la ciudad y exhibió pantallazos de supuestas transferencias bancarias que, en realidad, no llegaron a materializarse.
La Sala de lo Civil y Penal, con sede en Burgos, desestima así el recurso de apelación interpuesto por el acusado y avala el relato de hechos probados y la valoración de la prueba realizada en primera instancia por la Audiencia Provincial de Salamanca.
Los hechos se remontan al 28 de octubre de 2022, sobre las 20.10 horas. Según el relato judicial, el acusado acudió a la joyería y pidió varias piezas: un reloj Tudor, una gargantilla de brillantes “para su novia” y, después, un anillo valorado en 25.000 euros.
La operación se torció cuando el propietario del establecimiento empezó a desconfiar. El cliente ofreció pagar mediante transferencias realizadas desde el móvil y llegó a mostrar, como justificante, varios pantallazos de esas supuestas operaciones. Al comprobar que esos “justificantes” se apartaban de lo habitual, el joyero decidió no entregar la mercancía en ese momento.
En el transcurso de la conversación, el acusado llegó a afirmar que era propietario de un edificio en la calle Serrano de Madrid. El dueño de la joyería le propuso llevar él mismo las piezas a la capital una vez verificado el ingreso.
Para cerrar el trato, el supuesto comprador facilitó un número de teléfono que, más tarde, resultó pertenecer a su pareja sentimental. También entregó una tarjeta de un restaurante madrileño que decía ser de su propiedad.
Cuando llegó el día previsto para el desplazamiento, el responsable del comercio comprobó que el dinero no había entrado en su cuenta y trató de contactar sin éxito con el cliente.
La falta de respuesta terminó de confirmar las sospechas y la operación quedó en tentativa: no hubo entrega de las joyas, pero sí un engaño considerado bastante y una maniobra diseñada para provocar el desplazamiento patrimonial.
Condena confirmada y recurso desestimado
La Audiencia Provincial de Salamanca había condenado al acusado como autor responsable de un delito de estafa en grado de tentativa, con la agravante de reincidencia, a 11 meses y 29 días de prisión, con inhabilitación especial para el sufragio pasivo durante la condena, y a una multa de 5 meses y 29 días, con cuota diaria de seis euros.
La defensa recurrió alegando vulneración de la presunción de inocencia, error en la valoración de la prueba y una supuesta incorrecta calificación jurídica. El TSJCyL, sin embargo, entiende que existió prueba suficiente —testifical y documental— y respalda la conclusión de que el acusado simuló solvencia y pagos inexistentes, quedando frustrada la estafa únicamente por la desconfianza del joyero, que evitó entregar las piezas.
La resolución confirma íntegramente el fallo recurrido y declara de oficio las costas de la segunda instancia, al considerar que el acusado se limitó a ejercer su derecho a recurrir. Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
