Silvia García Alexandra González

Nuevo frente judicial para el Partido Popular. El juzgado de Primera Instancia de Salamanca ha recibido una demanda de procedimiento ordinario contra el Partido Popular nacional para la protección de los derechos fundamentales de la persona, por vulneración del derecho fundamental de asociación en su vertiente de derecho de asociación política. La demanda, a la que ha tenido acceso en exclusiva El Español-Noticias de Castilla y León y que ha sido interpuesta por un afiliado, solicita la adopción de medida cautelar para la convocatoria inmediata del congreso del Partido Popular de Salamanca, presidido por Javier Iglesias, cuyo mandato expiró el 27 de mayo de 2021 pero sigue detentando el cargo enrocado en la no celebración del congreso, el único de los populares pendiente en España.

El juzgado no solo ha admitido a trámite la demanda, sino que ha citado a las partes para la celebración de una vista el próximo 14 de diciembre a las 9.30 horas en el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Salamanca, para dirimir si procede la adopción de las medidas cautelares solicitadas.

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Feijóo está enterado

Y es que el PP de Salamanca es un polvorín a punto de explotar sin que Génova haga nada para evitarlo. Desde hace más de año, gran parte de la militancia popular salmantina reclama a la dirección territorial de su partido la celebración, como mandan los estatutos, del congreso provincial, sin que a fecha de hoy, un año y cuatro meses vencido el mandato, se haya convocado siquiera. Tal es el malestar, que al menos 140 afiliados de base, concejales, alcaldes y diputados provinciales remitieron el 13 de abril una carta a Alberto Núñez Feijóo, al poco de tomar el timón de un PP devastado por la lucha fratricida que acabó con Pablo Casado fuera de Génova 13. En la misiva, que también recibió José Antonio Monago, presidente del Comité de Derechos y Garantías del PP, los afiliados ponían en conocimiento del nuevo líder "irregularidades y anomalías” en contra del sentido democrático que recogen los estatutos de los populares, la ley de partidos y la Constitución Española. Extremo que aseguraban manifestar "desde la más absoluta lealtad al Partido Popular”, pero también desde una trayectoria de “años y décadas de trabajo dedicados al partido en todos los municipios de Salamanca".

De hecho, Salamanca es la única provincia de España donde el PP no ha renovado sus órganos de dirección al no celebrarse el Congreso Provincial, órgano supremo del partido. Y todo ello sin mediar explicación, lo que supone un flagrante incumplimiento de los estatutos del Partido Popular y un “ninguneo y falta de respeto a todos y cada uno de los afiliados”, a los que se ha despojado de su derecho a elegir y ser elegidos. La respuesta del comité nacional fue la de trasladar la queja al Comité de Derechos y Garantías del partido en Castilla y León, quien a su vez sólo ha dado una “vaga respuesta” informando a los militantes de que se comenzarán “las actuaciones que procedan mediante la realización de la información oportuna”. Ahora, el asunto ha sido puesto en conocimiento del Juzgado de Primera Instancia de Salamanca.

Lo dicen los estatutos del PP

La demanda alega que en febrero de 2017, en la celebración del congreso nacional del que salieron reelegidos Mariano Rajoy y Dolores de Cospedal como presidente y secretaria general del partido, respectivamente, se aprobaron los estatutos que rigen la formación y que establecen que los congresos ordinarios se celebrarán cada cuatro años. Que la convocatoria del congreso corresponderá a la junta directiva de la organización territorial sobre la que el congreso extienda sus competencias, y que las juntas directivas se reunirán al menos una vez cada cuatro meses, extremo que no se ha producido en el seno del PP de Salamanca, donde en los últimos dos años solo se ha reunido en una ocasión el comité ejecutivo y solo se ha celebrado una junta directiva ordinaria y tres extraordinarias, lo que da cuenta del “deficiente funcionamiento interno del Partido Popular de Salamanca, con graves incumplimientos de sus propios estatutos”.

El Partido Popular, "el autor material"

“Desde el año 2020 el Comité Ejecutivo del Partido Popular de Salamanca no se ha reunido, es obvio que el mismo no ha podido ejercer ninguna de sus competencias, por lo que ante tan evidente incumplimiento de las obligaciones estatutarias” el demandante se ve obligado a buscar amparo judicial por la “flagrante vulneración de sus derechos fundamentales”.

Esos mismos estatutos establecen que cuando algún órgano del partido, cualesquiera que fuera su ámbito, se negase a ejercer las funciones que establezcan estos estatutos y los reglamentos del partido, estas serán asumidas automáticamente por el órgano jerárquicamente superior”, y señala que es competencia del Comité Ejecutivo “nombrar comisiones que gobiernen transitoriamente algunas de las organizaciones territoriales”, siempre y cuando se aprecien “graves circunstancias que así lo aconsejen” y asumir su gobierno de forma transitoria por un máximo de seis meses, plazo tras el que se convocará el congreso.

El denunciante considera pues que el Partido Popular es “el autor material” de la vulneración del derecho fundamental invocado, y que los estatutos del partido no son meras declaraciones programáticas, sino derechos reconocidos.

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Estos derechos están recogidos no solo en los estatutos del PP, sino en la Declaración Universal de Derechos Humanos, que recoge el derecho de toda persona a reunirse o asociarse libremente; en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que reconocen el derecho de reunión pacífica y el de asociación; en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, en la Constitución Española, y también en la Ley de Partidos.

El denunciante señala que los hechos puestos de manifiesto son reproducción de una situación idéntica producida en el mismo partido y que ya fue enjuiciada por la Sala Primera del Tribunal Supremo, que sentenció en diciembre de 2020 que se estaba vulnerando el derecho fundamental de asociación cuando no se convocan en forma y plazo los congresos que permiten, precisamente, la participación de los afiliados en la vida orgánica del partido y, por ende, su derecho de asociación.

Medidas cautelares: convocatoria por orden judicial

Esta demanda de procedimiento ordinario para la protección del derecho fundamental de asociación en su vertiente de asociación política solicita al juez que se adopten las medidas oportunas para que dicha vulneración no se siga produciendo, mediante la medida cautelar consistente en ordenar al Partido Popular la inmediata convocatoria del Congreso Provincial del Partido Popular de Salamanca. Argumenta el demandante que existe riesgo de que el derecho fundamental que se invoca sufra menoscabo durante la tramitación del proceso. Considera que la no convocatoria del congreso supondría perpetuar la vulneración de este derecho sine die y permitir que quienes lo están vulnerando puedan seguir haciéndolo con fondos del partido, impidiendo la participación de los afiliados en los órganos estatutarios del partido.

Listas municipales para 2023 en manos de una ejecutiva señalada por los escándalos

La proximidad de las elecciones municipales que se celebrarán en 2023 preludia la configuración de listas electorales a los 362 municipios de la provincia de Salamanca. Unos comicios en los que el Partido Popular se juega mucho y tratará de afianzar el respaldo territorial de un partido arraigado que presenta candidatos en todos los municipios. El cisma en el seno del PP salmantino llega en un momento poco oportuno en el que todas las fuerzas deberían volcarse en la estrategia electoral. El malestar es creciente y muchos se preguntan si es lícito que la decisión de las candidaturas debe recaer en una dirección a la que se le ha agotado la legitimidad que otorga el mandato de cuatro años caducado hace más de un año. Para colmo, Javier Iglesias está investigado en el caso de la supuesta financiación ilegal de las Primarias del PP de Salamanca, que juzga la Audiencia Provincial.

 

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