El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha elevado hasta los 222.815,84 euros el justiprecio que Adif-Alta Velocidad deberá abonar a una cooperativa por la expropiación parcial de una finca situada en Piña de Campos, en la provincia de Palencia.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Valladolid, ha estimado parcialmente el recurso presentado por Líder Sociedad Cooperativa y ha anulado la valoración de 56.632,79 euros que había fijado el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Palencia.
La expropiación se ha llevado a cabo para ejecutar el proyecto básico de la plataforma de la línea de alta velocidad Palencia-Aguilar de Campoo, concretamente en el tramo comprendido entre Amusco y Osorno.
La finca afectada es la parcela 59 del polígono 402 de Piña de Campos. Contaba con una superficie total de 26.564 metros cuadrados, de los que han sido expropiados 11.987, lo que representa el 45,12% del terreno.
La sentencia, dictada el pasado 11 de junio, establece que Adif-Alta Velocidad deberá pagar los 222.815,84 euros, una cantidad que incluye el premio de afección. A ella se sumarán los intereses legales generados desde el 23 de junio de 2021 hasta que se produzca el abono completo.
La cooperativa reclamaba una cantidad mayor
Líder Sociedad Cooperativa había solicitado inicialmente que el justiprecio se fijara en 335.706,15 euros. De forma subsidiaria, planteó una valoración de 109.078,16 euros.
No obstante, tras conocer el resultado de la prueba pericial judicial y otras sentencias dictadas previamente por la misma Sala, la cooperativa modificó su petición durante el procedimiento. Finalmente, reclamó una cantidad superior a los 223.000 euros, aunque con diferentes ajustes relacionados con la indemnización por la rápida ocupación de la finca.
La Abogacía del Estado, por su parte, defendió la valoración realizada por el Jurado Provincial y pidió que el recurso fuera desestimado.
El tribunal recuerda que los acuerdos de los jurados de expropiación cuentan, en principio, con una presunción de acierto debido a la especialización y composición técnica de estos organismos. Sin embargo, esa valoración puede ser corregida cuando una prueba pericial acredita errores en el cálculo.
En este caso, la Sala ha considerado que el informe del perito designado judicialmente permitía cuestionar la valoración inicial del suelo. El Jurado de Palencia había establecido un precio de 29.001,91 euros por hectárea, una cifra que el tribunal ha rechazado por no ajustarse a la realidad de la explotación.
Sin embargo, los magistrados tampoco han aceptado íntegramente la valoración propuesta por el perito judicial, que elevaba el terreno hasta los 129.754,34 euros por hectárea. La resolución señala que el experto incurrió en errores al calcular la tasa de capitalización y el factor de localización.
Una finca de alfalfa en regadío
Para fijar el precio definitivo, la Sala ha tenido en cuenta que la parcela estaba dedicada al cultivo de alfalfa en regadío y se encontraba en su tercer año de producción.
El informe judicial analizó un ciclo productivo de siete años, con cinco cortes anuales, y diferenció los gastos y trabajos correspondientes a la primera campaña de los necesarios en los años posteriores.
A partir de estos datos, el tribunal ha establecido una renta de 1.310,65 euros por hectárea. Tras aplicar la tasa de capitalización y el factor de localización considerados correctos, el valor de los 11.987 metros cuadrados expropiados ha quedado fijado en 134.733,88 euros.
A esta cifra se ha añadido un premio de afección del 5%, equivalente a 6.736,69 euros. El valor total reconocido por el suelo asciende así a 141.470,57 euros.
La sentencia también concede otras indemnizaciones por los perjuicios derivados de la actuación. En concreto, reconoce 11.643,23 euros por la rápida ocupación de los terrenos.
Además, fija en 65.538,19 euros el demérito ocasionado por la expropiación parcial. Este concepto compensa la pérdida de valor sufrida por los 14.577 metros cuadrados que han permanecido en manos de la cooperativa después de la división de la finca.
El tribunal ha calculado ese perjuicio aplicando un porcentaje de depreciación del 32,12%. La Sala ha rechazado el 40% planteado por el perito judicial al considerar que no se ajustaba a la tabla utilizada habitualmente para este tipo de valoraciones.
También se han reconocido 4.163,85 euros para adaptar el sistema de riego por aspersión, incluido el correspondiente premio de afección. En total, los conceptos distintos al valor del suelo suman 81.345,27 euros.
Sin condena en costas
La suma del valor del terreno y del resto de las indemnizaciones eleva el justiprecio definitivo hasta los 222.815,84 euros, casi cuatro veces más que los 56.632,79 euros reconocidos inicialmente por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa.
La Sala ha estimado solo parcialmente las pretensiones de la cooperativa, por lo que ha decidido no imponer las costas judiciales a ninguna de las partes.
La resolución todavía no es firme. Contra ella puede interponerse un recurso de casación, siempre que se cumplan los requisitos legales, en el plazo de 30 días desde su notificación.
