El Ayuntamiento de León, a través de la Concejalía de Bienestar Social que dirige Vera López y a propuesta del grupo municipal de la Unión del Pueblo Leonés (UPL), continúa con el plan de ayudas a la natalidad para contribuir a fijar población en la ciudad de León y que se enmarca en un conjunto de iniciativas destinadas a promover medidas de apoyo a las unidades familiares, que fomenten la natalidad para paliar la pérdida y el envejecimiento poblacional.

Desde hoy se comienza la tramitación para solicitar estas ayudas que son de 500 euros por hijo nacido o adoptado en el año en curso. El objetivo del Ayuntamiento de León es que las personas que decidan plantearse tener descendencia cuenten con medidas complementarias de protección y tengan un apoyo económico para cubrir los gastos extraordinarios que supone un nacimiento o una adopción.

Hay que recordar que estas ayudas están destinadas a progenitores o adoptantes de niños o niñas, casos de nulidad/separación/divorcio para la persona que tenga atribuida la custodia y personas extranjeras con independencia de la situación administrativa.

Para ser beneficiario de esta ayuda es necesario que los beneficiarios estén empadronados en el municipio de León con, al menos, un año de antelación al registro de la solicitud y que residan de forma habitual en la ciudad en el periodo referido. Además, será requisito irrenunciable para el cobro de esta ayuda que los beneficiarios continúen residiendo durante al menos un año en el municipio de León a partir del momento de dictarse la resolución de la ayuda.

En cuanto a los requisitos económicos, los ingresos brutos de la unidad familiar deben de ser iguales o inferiores a 3,5 veces el IPREM vigente. Asimismo, es necesario estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de León en el momento de registro de la solicitud.

Solicitudes

La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:

• Fotocopia compulsada del libro de familia y DNI/NIE/Pasaporte vigente de los solicitantes de la ayuda.

• Certificado de nacimiento o adopción expedidos por el Registro Civil correspondiente, o en su caso resolución que acuerde la adopción.

• Convenio regulador o sentencia judicial de nulidad separación o divorcio en su caso, a efectos de acreditar quien ostenta la guarda y custodia.

• Justificación documental de los ingresos percibidos por la unidad familiar.

• Se facilitará un número de cuenta bancaria donde se efectuará el ingreso de la ayuda.

Las solicitudes para la obtención de las ayudas económicas deberán dirigirse al Sr. Alcalde del Ayuntamiento, y se presentarán, junto a la documentación que más adelante se detalla, en el Registro General del Ayuntamiento, o por cualquier medio de los establecidos en el artículo 16.4 y 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.