La Consejería de Medio Ambiente ha convocado este lunes 30 plazas de técnicos forestales y de montes interinos. Los aspirantes, según se detalla en la convocatoria, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL), deben dirigir sus solicitudes al secretario general de la consejería en el plazo de 5 días hábiles desde el siguiente a la publicación de la convocatoria.

Los candidatos deben reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español, sin perjuicio de lo establecido en la legislación de aplicación, sobre

el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los

demás Estados miembros de la Unión Europea, así como en otros supuestos

legalmente establecidos.

b) Tener cumplidos los 16 años de edad en la fecha en que finalice el plazo de

presentación de instancias y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título exigido que figura en el Anexo I, o en condiciones de

obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

d) No hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el desempeño de funciones

públicas, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio

de cualquier Administración Pública.

e) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida el ejercicio de

las funciones correspondientes.

El procedimiento de selección se realizará valorándose los méritos acreditados de acuerdo con los siguientes criterios:

1) Por haber aprobado algún ejercicio de las oposiciones que se hubieran celebrado

en las Administraciones Públicas para el acceso a Cuerpo o Escala similares al

objeto de la convocatoria, no pudiéndose computar más de una convocatoria y

con un máximo de 1 punto. Por ejercicio aprobado 0,5 puntos.

2) Por servicios prestados en la Administración Autonómica de Castilla y León, en

puestos de igual o similar contenido con un máximo de 2 puntos. Se otorgará

0,03 puntos por mes completo de servicios.

3) Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas distintas de la

Autonómica de Castilla y León, en puestos de igual o similar contenido al de

la convocatoria, con un máximo de 2 puntos. Se otorgará 0,02 puntos por mes

completo de servicios.

4) Por experiencia profesional en el sector privado en trabajos de puestos similares

al de la convocatoria, hasta un máximo de 1 punto. Se otorgará 0,01 puntos por

mes completo de servicios.

La acreditación de los servicios prestados en las Administraciones Públicas se

realizará mediante las certificaciones oficiales correspondientes, o, en su caso, de los

contratos de trabajo acompañados de los certificados de la vida laboral.

La experiencia profesional en el sector privado mediante la aportación de los

contratos de trabajo acompañados de los certificados de la vida laboral.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión procederá

a calificar los méritos que los aspirantes hayan acreditado al tiempo de presentación de aquellas, de conformidad con el baremo establecido en la Base Quinta.

La Comisión de Selección seleccionará para cada puesto un candidato titular y uno o varios suplentes, elevando su propuesta al Consejero, para que efectúe el correspondiente nombramiento, que se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

La información estará asimismo disponible en el servicio telefónico 012 de Información y Atención al Ciudadano (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León 983327850) y en la página web https://empleopublico.jcyl.es.

Si se produjera la renuncia del candidato titular, se procederá, si así lo aconsejan las

necesidades del servicio, al nombramiento de los candidatos suplentes.

Igualmente la Comisión de Selección podrá proponer que se declare desierto el

procedimiento si no se encontrase candidato idóneo o bien si a lo largo de la tramitación del proceso selectivo, fuese cubierta la plaza, aún con carácter provisional, por funcionario de carrera en los términos previstos en la legislación reguladora de la materia.

Los candidatos nombrados deberán aportar en el momento de la toma de posesión la siguiente documentación:

– Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

– Fotocopia compulsada del título exigido.

– Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del

servicio de cualquier Administración Pública y de no hallarse inhabilitado para el

ejercicio de las funciones correspondientes.

– Declaración u opción a que alude el artículo 31 del Reglamento de

Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad

de Castilla y León, aprobado por Decreto 227/1997, de 20 de noviembre.

Los aspirantes que no presenten dicha documentación completa se entenderá que

renuncian a la plaza, procediéndose, si así lo aconsejan las necesidades del servicio, al

nombramiento del suplente propuesto.

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