Por imperativo legal......por esto o porque es una obligación de su cargo; el Tribunal Constitucional en sentencia 74/1991 permitió la jura del cargo por imperativo legal y con recreaciones libres o con posdatas que a mi modo de ver finiquitan el fin perseguido en la jura o en la promesa “el cumplir la ley y las obligaciones del cargo” Hoy con esa sentencia es válido cualquier texto que difícilmente se puede definir como algo legítimo -no sigue el camino recto, no se guía por lo ético, lo adecuado y lo correcto- la frase “por imperativo legal” se ha convertido en la coletilla de aquellos que no piensan cumplir con la Ley llegado el caso.

Pero se ha demostrado que, a pesar de todo, la Ley si acepta el empeño de su falsa palabra y actúa cuando tiene que actuar.



Se pueden hacer actos legales adecuados a la Ley, pero a la vez ilegítimos, y esto puede también suceder a la contra, se puede hacer algo legítimo, adecuado, correcto, ético y, sin embargo, puede ser ilegitimo o, al menos, contrario a la palabra dada. Que cada uno ubique a los actores en su papel.

La palabra -así lo aprendí en Derecho Romano- es el medio por el cual el cives romano se posicionaba para la asumpción del poder sobre algo; con la palabra también se asimilaban obligaciones.

Hoy no podemos, a la vista de lo expuesto por aquellos que pretenden ser beneficiarios del indulto, que su palabra sea válida, honesta, buena o correcta, es legal sí, pero es profundamente ilegitima.

Para perfeccionar el pretendido indulto o auto indulto que el gobierno quiere dar a los que participaron en el golpe de estado del año 2017 y dárselo así mismo por ser sus socios en el parlamento, si en verdad, como digo, se llega a conceder, la firma del Rey es preceptiva, necesaria  no cabe otra.



El Rey podría utilizar la coletilla “por imperativo legal” sería un acto legal pero, como expuse antes, también lo seria contrario, en este caso sí, a la palabra dada, en definitiva,  un acto ilegitimo, no adecuado, correcto, ético o moral.



Y, además, sería dar carta de naturaleza a un modo de entender la promesa y jura, el compromiso dado con palabras inciertas; sería dar legitimidad a la formula permitida de “por imperativo legal” si aparece reflejado en la firma, por ser quien es, quien ha hecho uso de ella.

Lo que sí creo que es coherente, es que la firma es solo eso, sin más poder que el formalista, una firma que es consecuencia de las obligaciones de su cargo que el Rey sí parece cumplir. Firma porque lo tiene que hacer -está obligado por su cargo- un RD que, como es evidente, no nace de su acción o responsabilidad sino que es, con su firma, y esto es lo más importante, que se cumple el formalismo necesario para que ese RD pueda salir del poder ejecutivo y ser objeto de los recursos necesarios a nivel legal.



Porque, con la firma del Rey no acaba todo y sí comienza todo.



Viéndolo de otra forma, firmar el indulto es imponer con ello la férrea presencia de su regia figura; figura que no se altera ante nada ni nadie.



Lo que necesita hoy este gobierno en su huida hacia adelante y, eso es lo que parece buscar, es poner en duda la autoridad del S.M el Rey, abrir una grieta en su capacidad de obrar que pueda servir de elemento de distorsión de la figura del Rey como Jefe del Estado -que lo es- de una Monarquía Parlamentaria, que tambien lo es.

Acaso ¿no es esta la guinda de su pastel? dejemos que se empachen que es posible que se queden sin guinda.