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Luchar contra la pobreza energética de forma efectiva

Elementos y partes de un circuito eléctrico simple

Elementos y partes de un circuito eléctrico simple

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Desde un punto de vista general, las medidas prestacionales de carácter paliativo contra la pobreza energética en España, como el bono eléctrico y térmico, pueden tener una relativa utilidad social para los actores involucrados. Sin embargo, éste no debería ser ni la única ni la principal medida para afrontar la realidad de un fenómeno tan complejo, grave y técnico como la pobreza energética.

El año 2018 cerró como el segundo con el precio medio del mercado eléctrico más caro desde 1998. En concreto, el segundo semestre de 2018 fue el más caro desde que Eurostat realiza sus estadísticas. Las oscilaciones creadas por el sistema de subasta y las cargas impositivas que contiene la factura hacen que el precio de la electricidad sea cada vez más inasumible para varios millones de ciudadanos. ¿Tiene sentido una medida paliativa basada en bonificar unos precios cada vez más altos? ¿Será sostenible en el tiempo como siga esta tendencia alcista?

A este respecto, los servicios y los trabajadores sociales que intervienen en la gestión de soluciones a la pobreza energética con colectivos vulnerables no deberían únicamente centrarse en la gestión de las medidas paliativas, es decir, en los efectos o consecuencias del problema. Antes bien, deberían centrarse en las causas, en los factores que determinan esa alza del precio de la electricidad que provoca que muchos consumidores no puedan pagarlo. Un cambio de perspectiva a este respecto implica necesariamente orientar los esfuerzos en observar y analizar la configuración del mercado eléctrico y exigir la adopción de medidas estructurales que favorezcan una mayor competitividad, apertura y transparencia en el mercado eléctrico, para garantizar una factura más barata, estable y fácil de comprender y pagar.

Los agentes sociales deberían pues introducirse en los aspectos regulatorios y examinar qué puede hacerse desde la defensa del consumir eléctrico, en orden a instar que los poderes públicos competentes adopten aquellas reformas del mercado eléctrico que coadyuven a la rebaja de la factura, no sólo a su bonificación. La bonificación es una socialización del precio cuya alza es causada por una estructura del mercado oligopólica derivada de una política energética que no ha previsto los efectos antisociales de su configuración y funcionamiento. Es pues necesario que los trabajadores que están en la intervención social contribuyan de forma efectiva al empoderamiento sociojurídico de los colectivos vulnerables en el orden político, para la consecución de un mercado eléctrico nacional justo y orientado a la defensa y bienestar de todos los consumidores eléctricos.

Un ejemplo de lo anterior está en el hecho de que en España se han incumplido reiteradamente las Directivas de la Unión Europea de Electricidad y Gas de 2009 (Directivas 72/2009 y 73/2009), en las que se establece que los Estados deben garantizar el suministro necesario para los colectivos vulnerables, y en las que se reconoce la prohibición de desconexión en periodos críticos. Hace falta una mayor supervisión que garantice la eficacia de lo recogido en el art. 53.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, que excluye en el caso de impago la posibilidad de suspender el suministro a los clientes acogidos a la tarifa de último recurso.

A este respecto, donde más sentido puede tener la intervención social en materia de pobreza energética -más allá de las medidas paliativas-, es en el ámbito autonómico, promoviendo una regulación que permita a las agencias autonómicas de consumo exigir a las empresas eléctricas unas medidas estables y estrictas para garantizar el suministro, como así se ha conseguido en Cataluña, con la Ley 24/2015 o en la Comunidad Valenciana, con la Ley 3/2017. Sendas leyes recogen el principio y las obligaciones jurídicas que la legislación nacional general debería haber transpuesto hace diez años, dando eficacia al mandato de las Directivas Europeas. En Cataluña, por ejemplo, se evitaron 39.000 cortes de luz entre julio de 2015 y diciembre de 2016.

El derecho administrativo autonómico y municipal está en posición de hacer lo que no se ha realizado a nivel estatal, que es obligar a las empresas eléctricas a consultar a los servicios sociales antes de efectuar cortes de suministro para evitar que se realicen desconexiones a personas vulnerables. El siguiente paso ha de ser el establecimiento de tarifas sociales mínimas que prácticamente garanticen un acceso universal a este suministro básico. Desde el nivel municipal, los servicios sociales deberían extremar la supervisión de los convenios entre ayuntamientos y empresas eléctricas para asegurar el verdadero cumplimiento y la efectividad de la garantía de suministro, sancionando con firmeza y contundencia los cortes ilegales y las situaciones de abuso contra los consumidores vulnerables de su municipio.