No hay nada más frustrante laboralmente que dedicar tu vida a una misma empresa y terminar esa relación laboral de la peor manera posible. Con un despido improcedente.
Este tipo de despidos responde a una decisión unilateral del empresario despidiendo a un trabajador que, sin cumplir las causas legales que motiven su despido, es expulsado de su puesto laboral.
Cuando esto sucede significa que la empresa no ha podido demostrar faltas graves del trabajador afectado.
Por lo tanto, este conserva una serie de derechos amparados en el Estatuto de los Trabajadores.
Como norma general, "cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, podrá optar entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización equivalente a treinta y tres días de salario por año de servicio", marca el art. 56.1 del Estatuto.
En otras palabras, corresponde al empresario escoger entre readmitir al trabajador o pagarle una indemnización de 33 días por año trabajado.
En el caso de optar por la segunda alternativa, para un trabajador con muchos años en la empresa el tope de indemnización está en los 24 meses (66 días de sueldo).
Mientras, aquellos que no cumplan el año se aplicará un prorrateo en los meses trabajados.
Aplicando esta regla, un trabajador con una antigüedad de 6 meses tiene derecho a una indemnización de 16,5 días de salario.
Salarios en tramitación
En el caso de que la empresa no elija pagar la indemnización y opte por readmitir al empleado, este también cobrará, en ocasiones mucho más, por sus “salarios de tramitación”.
"Estos equivaldrán a una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo", explica la normativa.
Además, si la empresa no se decanta por ninguna de ambas se entiende que está readmitiendo al empleado.
Bajando esos datos a la realidad, un trabajador con un salario mensual de 1.800 € es despedido improcedentemente el 1 de enero y la sentencia que declara la improcedencia se notifica el 1 de abril.
Si la empresa opta por readmitirlo, tendrá derecho a cobrar los salarios de tramitación correspondientes a esos tres meses.
Por tanto, recibirá 5.400 € brutos en concepto de salarios de tramitación, además de ser readmitido en su puesto de trabajo.
En definitiva, un despido improcedente no sale gratis, así que conocer tus derechos y hacerlos valer puede marcar la diferencia. Sobre todo en tu cuenta bancaria.
