En España, aproximadamente el 70 % de los trabajadores tiene problemas para equilibrar su vida laboral y familiar, según datos de EpData.
En contraposición, únicamente un 29 % de los ciudadanos afirma tener facilidades en este aspecto.
Las dificultades de conciliación están a la orden del día, y más en aquellos puestos de horario partido, turnos rotatorios o en aquellos trabajadores que compatibilizan su jornada con estudios posteriores.
Estos últimos, amistosamente denominados como 'Sísís' (sí estudian y sí trabajan), tienen reconocidos ciertos beneficios de cara a optimizar su tiempo fuera del trabajo.
Uno de los más sonados es la posibilidad real de adaptar su jornada laboral.
"El trabajador tendrá derecho a la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional", señala el art. 23.1 del Estatuto de los Trabajadores.
En otras palabras, puedes pedir que la empresa reorganice tu horario habitual para que puedas asistir a uno de estos cursos, que a su vez deberá estar vinculado con la actividad de la empresa.
La ley habla de "adaptar la jornada ordinaria", es decir, modificar cómo se reparte tu tiempo de trabajo para poder acudir a la formación; no crea por sí sola un permiso pagado de horas concretas para ir al curso.
La forma concreta de ejercer el derecho se suele fijar en el convenio colectivo o, si no lo regula, debe acordarse con la empresa.
Otros derechos para continuar formándose
Asimismo, el Estatuto facilita permisos a los empleados que tengan que acudir a exámenes y reconoce la "preferencia a elegir turno de trabajo y a acceder al trabajo a distancia" cuando estén cursando "con regularidad" estudios oficiales que conduzcan a la obtención de un título académico o profesional.
Por ejemplo, una trabajadora que esté cursando un grado universitario podrá solicitar un cambio de turno para poder asistir a sus clases y exámenes.
Por otro lado, la empresa también deberá conceder los permisos necesarios para realizar formación o perfeccionamiento profesional, "con reserva del puesto de trabajo".
Es decir, el trabajador puede ausentarse para formarse y, al finalizar, regresar a su puesto.
Por ejemplo, si un administrativo solicita un permiso para realizar un curso de especialización en contabilidad de dos semanas, la empresa deberá concedérselo y mantener su puesto reservado durante ese periodo.
Al terminar la formación, podrá reincorporarse a su misma plaza.
Además, cuando las funciones del puesto cambien y sea necesario adquirir nuevos conocimientos (por ejemplo, aprender a utilizar nuevas máquinas, programas informáticos o procedimientos, o adaptarse a nuevas certificaciones o normas), la empresa deberá proporcionar la formación necesaria y asumir su coste.
Por último, quienes tengan al menos un año de antigüedad en la empresa tienen derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación profesional.
Esta formación debe estar relacionada con la actividad de la empresa y las horas pueden acumularse durante un periodo de hasta cinco años, de modo que el permiso puede alcanzar las 100 horas.
En definitiva, cuando se estudia y trabaja al mismo tiempo, lo mejor es revisar el convenio colectivo de tu sector y, en caso de duda, acordar el reparto de estos derechos con tu superior.
