Comprar una vivienda antes de casarse no garantiza que esta vaya a mantener siempre el carácter privativo de uno de los cónyuges.
Si el inmueble se adquiere con una hipoteca, después se contrae matrimonio en régimen de gananciales y la vivienda se convierte en el domicilio familiar, los pagos realizados durante el matrimonio con dinero ganancial pueden hacer que parte del inmueble adquiera también carácter ganancial.
Las dudas sobre qué ocurre con una vivienda, una herencia, una donación o una hipoteca después de casarse son habituales. También lo son las preguntas sobre cuándo es necesario acudir a un notario y qué trámites requieren su intervención.
La función del notario va mucho más allá de poner una firma en un documento. Estos profesionales asesoran a los ciudadanos, comprueban la legalidad de los actos jurídicos y dejan constancia pública de determinados acuerdos y operaciones.
Por eso, acudir antes de tomar una decisión puede ser especialmente útil cuando existen bienes, préstamos, herencias o decisiones relacionadas con el matrimonio.
La notaria María Cristina Clemente Buendía aborda precisamente una de estas situaciones en uno de sus últimos vídeos publicados en redes sociales. Su explicación parte de un supuesto bastante habitual: una persona compra una vivienda cuando todavía está soltera y lo hace mediante un préstamo hipotecario.
Posteriormente contrae matrimonio bajo el régimen de gananciales, convierte ese inmueble en el domicilio familiar y continúa pagando la hipoteca durante el matrimonio. En este escenario, la vivienda no tiene necesariamente carácter exclusivamente privativo.
La notaria explica que el inmueble adquiere carácter ganancial "en la proporción de las cuotas hipotecarias pagadas durante la unión". Es decir, la parte abonada durante el matrimonio con dinero ganancial pasa a tener esa consideración.
Además, existe un matiz que puede generar todavía más confusión. Que las cuotas de la hipoteca salgan de la nómina de uno de los cónyuges no significa que ese dinero sea exclusivamente suyo.
"Aunque todas las cuotas del préstamo durante ese matrimonio se paguen con tu sueldo", señala María Cristina Clemente Buendía, el resultado puede ser el mismo, porque en el régimen de gananciales los ingresos procedentes del trabajo tienen carácter ganancial.
El sueldo es ganancial
La cuestión está relacionada directamente con el funcionamiento del régimen económico matrimonial. La notaria recuerda que los ingresos obtenidos por el trabajo durante el matrimonio no se consideran, por regla general, patrimonio exclusivo del cónyuge que los percibe.
En palabras de la profesional, los "rendimientos de tu actividad profesional, industrial, comercial, obtenidos por un casado en gananciales son gananciales".
Por tanto, el hecho de que una persona sea quien trabaja, cobre la nómina y ordene el pago de la hipoteca no convierte automáticamente esas cantidades en dinero privativo.
¿Y si no quiero que ocurra?
La explicación de la notaria también responde a otra de las dudas habituales, como qué puede hacer una pareja que no quiere que se produzcan estos efectos.
María Cristina Clemente Buendía insiste en que las consecuencias legales del matrimonio no desaparecen porque los cónyuges las desconozcan.
Si los futuros cónyuges no quieren someterse a este régimen, existe una alternativa. "Pacta separación de bienes", señala la notaria, en referencia a la posibilidad de establecer otro régimen económico matrimonial mediante las correspondientes capitulaciones.
