Alicante
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La era digital no solo ha multiplicado los litigios en vida, sino que también presenta desafíos jurídicos tras la muerte. Las dudas sobre cómo gestionar la herencia digital están a la orden del día en los despachos de abogados por la complejidad del inventario virtual, que puede incluir desde contraseñas, imágenes, dominios y negocios hasta criptoactivos.

En esta red de propiedades intangibles se entrelazan diferentes elementos con categorías diversas que, de no estar incluidos en un testamento, pueden suponer un quebradero de cabeza para sus herederos, que pueden ver sus bienes bloqueados por grandes plataformas internacionales ajenas a la regulación de los Estados.

La regulación española ha quedado desfasada ante el avance de la era digital y deja agujeros en el marco normativo, diseñado para realidades analógicas y no para el complejo ecosistema en línea.

El presidente de la Sección de Derecho Digital del Ilustre Colegio de la Abogacía de Alicante (ICALI, Guillermo Beltrán, reconoce que "el derecho va siempre por detrás de la sociedad".

A esta brecha se suma la complejidad del sistema sucesorio español, fragmentado en siete regímenes jurídicos distintos entre el derecho común (Código Civil) y los derechos forales o autonómicos de Aragón, Baleares, Cataluña, Galicia, Navarra y el País Vasco.

Para entender cómo se tratan estos activos después de la muerte, hay que diferenciar la diversa naturaleza de los elementos que componen la herencia digital.

Beltrán distingue entre bienes con valor económico (como tiendas online, canales o perfiles monetizados en redes sociales, criptoactivos como Bitcoin o Ethereum, dominios web, NFT o derechos de autor) y bienes de valor exclusivamente sentimental (fotografías familiares, archivos personales).

Por otro lado, destaca la existencia de elementos personalísimos —como los certificados digitales y las firmas electrónicas— que no deben transmitirse a los herederos, sino extinguirse con la muerte del titular para evitar fraudes o inseguridad en el tráfico jurídico.

"El ámbito que tenemos que tratar es amplísimo. ¿Qué pasa si una persona tiene un negocio que es una tienda online, un blog con muchos seguidores o cuentas que generan publicidad? También puedo tener una suscripción a un periódico pagada a cinco años y fallecer al día siguiente; eso entra en el testamento ordinario", indica el experto.

Este patrimonio digital, no obstante, reside en su gran mayoría en multinacionales tecnológicas que operan al margen de la soberanía de los Estados, lo que añade una capa de complejidad, pues no se rigen conforme al derecho español.

"Internet acaba con los Estados. Nos encontramos con organizaciones paralelas que trascienden a ellos y no hay una regulación. Tenemos, según el derecho español, una serie de justificantes que dicen que somos herederos, pero se lo tiene que creer una entidad que está al margen de los Estados", asegura.

"¿Cómo consigo yo que una entidad que no pertenece al Estado me dé paso a la cartera de mi madre en la que no conservo los códigos?", plantea a modo de ejemplo. Y compara la situación con heredar una casa, pero sin que te entreguen las llaves.

Cómo gestionar los activos digitales

Para solucionarlo, Beltrán recomienda inventariar los bienes digitales e incluirlos en el testamento ordinario, ya que "en España no existe un testamento digital como figura jurídica independiente".

Igualmente, diferencia la herencia digital de la "huella digital" (el rastro irrecuperable o público que dejamos en la red). Como soluciones prácticas, propone elaborar un inventario riguroso de activos digitales y seguir estrictas pautas de ciberseguridad, como usar contraseñas robustas de más de 12 caracteres, actualizarlas y comunicarlas a personas de confianza.

"La solución más adecuada es, en primer lugar, tener un inventario de los bienes digitales. En el derecho tradicional tenemos al albacea, que organiza el patrimonio desde que la persona fallece hasta que los herederos se hacen cargo. Puede existir esa figura en el área digital", subraya.

Con todo, anima a realizar un inventario claro de los activos en Internet, algo que "tiene que estar en la conciencia de la sociedad porque no se sabe qué puede pasar y hay que tomar ciertas medidas para que tus propiedades digitales no se pierdan", concluye el experto.