Alicante

La Sección Tercera de la Audiencia de Alicante ha condenado a un año y ocho meses de prisión a un hombre por un delito de atentado a la autoridad y otro de lesiones tras agarrar del cuello y zarandear a un concejal del municipio alicantino de Alcalalí del partido en la oposición Som Valencians hasta tirarlo al suelo, por lo que el agredido sufrió una contusión mandibular, entre otras dolencias.

Según la sentencia, facilitada este miércoles por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), los hechos ocurrieron sobre las 9 horas del 16 de febrero de 2020, cuando el acusado se encontraba en la Plaza del Ayuntamiento de Alcalalí y se dirigió a un edil de esa población, que estaba allí también, con "el fin de acreditar una presunta irregularidad laboral" con su móvil.

En su momento, la víctima denunció que, al considerar que las personas encargadas de organizar un evento estaban contratados a través de fondos destinados inicialmente a otras actividades, se dispuso a realizar varias fotografías con el fin de contar con pruebas de lo que él consideró una irregularidad.

El fallo señala que el procesado, de quien Compromís, partido de Gobierno en la localidad, dijo que no tenía relación con ellos, le recriminó que "no podía hacer fotografías en ese lugar y, con ánimo de menoscabar la integridad física" del munícipe y sabiendo de "su condición de autoridad local, lo cogió por el cuello, zarandeándolo hasta tirarlo al suelo".

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A consecuencia de ello, indica la resolución judicial, el concejal sufrió lesiones consistentes en contusión mandibular, "eritema con erosión superficial en cuello", arañazos, contractura muscular paravertebral y erosión superficial en codo, dolencias que requirieron de una primera asistencia facultativa, sin tratamiento médico posterior y que "tardaron en curar 3 días no impeditivos y 12 días impeditivos".

El condenado reconoció los hechos imputados en el escrito de acusación y tanto él como su defensa mostraron su conformidad con las conclusiones definitivas del ministerio fiscal y la acusación particular, por lo que se dictó sentencia 'in voce' en el juicio, tras lo cual las partes decidieron no recurrirla.

El tribunal impone al procesado una pena de un año y ocho meses de prisión y ocho meses de multa, a razón de una cuota diaria de seis euros, por un delito de atentado a la autoridad y le condena también a un mes de multa, con cuota diaria de seis euros, por un delito leve de lesiones, así como que indemnice al perjudicado en la cantidad de 810 euros y que pague las costas, incluidas las de la acusación particular.

No obstante, la Audiencia de Alicante acuerda conceder al penado el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad, medida solicitada por su defensa, a condición de que en el plazo de dos años no comenta nuevo delito, si bien deberá abonar la indemnización a que ha sido condenado en cuotas de 150 euros al mes, como se ha comprometido.

Contra la sentencia no cabe recurso alguno al haberse decretado su firmeza en el acto del juicio oral. Previamente, la Fiscalía había solicitado una pena de 2 años que, tras el acuerdo, evitará su ingreso en prisión.