Alicante

El Juzgado de Primera Instancia 29 de Valencia ha dictado auto de exhoneración de la totalidad de una deuda cercana a 190.000 euros, que un matrimonio de nacionalidad ecuatoriana había contraido a lo largo de varios años con varias entidades, entre ellas bancos y empresas de suministro energético, y a la que después no podía hacer frente.

Según consta en la referida sentencia, fechada el pasado 1 de febrero, "no existen bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores, ni acciones viables de reintegración de la masa activa, ni de responsabilidad de terceros pendientes de ser ejercitadas".

Por ello, y al no haberse formulado oposición por las entidades afectadas, se acuerda la conclusión del concurso de acreedores al que este matrimonio se había acogido.

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Los beneficiarios de esta resolución judicial tenían deudas con 18 entidades, entre ellas bancos, empresas de suministros energéticos o de telecomunicaciones, entidades de crédito o empresas de distribución.

La resolución judicial tiene en cuenta los preceptos legales en estos casos, es decir, que los deudores los sean "de buena fe", que no haya sido declarado el concurso culpable y que no hayan sido condenados en sentencia firme por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, por falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores en los diez años anteriores a la declaración del concurso.

Según han explicado a EFE los letrados del despacho Castillo Castrillón de Valencia, que han llevado este proceso, se trata de un matrimonio "que tiene una hija y que han ido encadenando un trabajo precario tras otro, con largos periodos de desempleo".

"Sus ingresos apenas les daban para sobrevivir, es decir, para pagar alquiler, agua, luz o alimentos, de modo que acudieron a la financiación bancaria, prestamos personales o tarjetas para hacer frente al día a día. Con el paso del tiempo acumularon una deuda de casi 190.000 euros a la que les era responder con sueldos precarios", añaden estos letrados.

Finalmente, el procedimiento ha sido "más rápido de lo esperado, y los deudores han podido seguir con su vida, haciéndose cargo de los gastos esenciales de alquiler, agua y luz básicamente".