La jueza de la dana afirma en uno de sus últimos autos que entre las 16:45 y las 17:30 del 29 de octubre ya hubo "fallecimientos producidos por ahogamiento de las aguas de barrancos afluentes del Poyo", de acuerdo con las declaraciones de familiares. Éstos, indica, tuvieron lugar "por el arrastre del agua" en Godelleta, en Turís y en Torrent.
La magistrada se expresa así en una de las resoluciones notificadas este lunes, en la que rechaza pedir a la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) grabación o acta de su reunión de la Junta de Gobierno del 19 de diciembre, la primera que celebró después de la tragedia. Así lo solicitaban algunas acusaciones particulares.
La jueza reitera que la competencia de la vigilancia de los barrancos, conforme al Plan Especial de Inundaciones de la Comunitat Valenciana, corresponde al Centro de Coordinación de Emergencias, dependiente de la Conselleria de Emergencias.
A la vista de los interrogatorios de testigos y peritos practicados y de los informes aportados, señala, "no consta por el momento un seguimiento en la vigilancia del caudal de barrancos que debía hacerse por los directores del plan".
Todo ello, comenta, pese a que la exconsellera Salomé Pradas anotó la citada vigilancia de su puño y letra en una hoja la mañana del 29 de octubre -como muestra uno de los vídeos incorporados a la causa- y como lo pone de manifiesto, añade, la movilización de los bomberos forestales y el intento de movilización de agentes medioambientales de la Generalitat el 28 de octubre.
"A ello se añade que no consta vigilancia de caudal respecto de los barrancos tributarios del Poyo, cuyas aguas desembocaron en dicho barranco aguas abajo del caudalímetro de la CHJ situado en la A-3". Barrancos en los que, sostiene, se produjeron esos fallecimientos tan tempranos.
Esas horas, las de entre las 16:45 y las 17:30 comprenden los instantes previos del Cecopi que se inició a las 17:00 y los primeros momentos de esa reunión.
Estos hechos, señala la jueza, coincide con el análisis que se efectúa en el 'Estudio cronológico de los volúmenes de precipitación en las subcuencas de la rambla de Poyo en el episodio del 29 octubre de 2024' publicado por la revista Investigaciones Geográficas, del Instituto Interuniversitario de Geografía, de la Universidad de Alicante.
Horteta y Gallego
Dentro de dicho estudio, apunta, se hace constar que la aportación del agua no aforada es importante. En especial, en la segunda fase de riada de la rambla de Poyo, la más crítica. Los volúmenes aportados por la parte no aforada de la rambla en esta segunda fase son equivalentes en magnitud a los aportados por las subcuencas de aguas arriba del único aforo existente, recoge.
La hipótesis más probable, según concluye dicho informe, destaca la jueza, es que la escorrentía que llegó primero a l’Horta Sud fue la generada en la subcuenca del barranco de l’Horteta, con la aportación de Gallego y de la parte baja de la cuenca de Poyo.
El estudio hace hincapié asimismo -remarca la magistrada- en que lo que seguro no ocurrió en la riada catastrófica de la tarde del 29 de octubre de 2024 en el abanico aluvial de la rambla en l’Horta Sud es que la responsabilidad principal fuera de las cabeceras de Poyo, que tuvieron unos aportes más tardíos y más alejados del punto apical de este abanico.
