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"Si quieres divorciarte o separarte ya no hace falta ni que vayas al juzgado". Esto, de hecho, lleva ocurriendo desde hace ya diez años. Sin embargo, muchas personas todavía lo desconocen.

Lo explica José Carmelo Llopis, notario nacido y crecido en Valencia, preparado en Alicante y que ejerce en Castellón, en un vídeo publicado en la cuenta oficial del Colegio Notarial de Valencia.

"Con la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, en la notaría pueden realizarse de manera rápida y ágil separaciones y divorcios". Así lo recuerda Llopis por el décimo aniversario de la norma, la Ley 15/2015, de 2 de julio.

Pese a ello, cualquiera de estos dos procedimientos tiene que cumplir una serie de requisitos: "Siempre que sean de mutuo acuerdo, exista abogado que asesore a las partes y no existan hijos menores o hijos que tengan necesidades de medidas de apoyo".

En este caso, el notario también tiene que vigilar que el convenio regulador no es perjudicial para ninguna de las partes.

Incluso asevera que desde julio del año 2015 los notarios han podido celebrar matrimonios y, por tanto, "cualquier persona que quiera contraer matrimonio puede acudir a una notaría de lunes a viernes de su elección para celebrar matrimonio".

Después, el notario se puede encargar de remitir la copia autorizada al registro civil.

Además, desde abril del año 2021, también se pueden celebrar y realizar en las notarías los expedientes matrimoniales en los cuales se constata que los futuros contrayentes "tienen capacidad y no tienen impedimentos" para poder celebrar la unión matrimonial.

"Cuando un ciudadano quiera realizar este tipo de actuaciones, debe dirigirse a su colegio notarial", afirma José Carmelo, que remite a la persona a la web del Colegio Notarial de Valencia para poder obtener información sobre cada uno de los procedimientos.