La jueza que instruye la causa penal por la gestión de la dana ha rechazado las peticiones de la acusación popular que ejerce Ciudadanos de requerir a la televisión autonómica À Punt una posible grabación de sonido de una de sus cámaras en el Cecopi el 29 de octubre y ha citado a cinco nuevos testigos.
Ciudadanos pedía requerir a À Punt Média información sobre la existencia o no de una grabación de audio de la cámara que estaba en el interior del Cecopi y que durante unos minutos estuvo apagada su imagen, pero no su sonido y presuntamente pudo grabar conversaciones de los presentes.
La jueza señala al respecto que en el procedimiento ya obran las grabaciones de los programas emitidos por la televisión autonómica y "la posibilidad de aportación al proceso dependería de la voluntad de aportación del medio periodístico".
"No es factible acceder a los archivos de cualesquiera grabaciones que se pudieran haber obtenido por los medios", añade, ya que "se entraría dentro del secreto profesional de los medios reconocido constitucional y jurisprudencialmente".
Añade que, "en cualquier caso, se desconocen las circunstancias en que se produjo la eventual grabación, si el periodista o el camarógrafo estaba junto a la cámara, por lo que no es admisible el requerimiento pretendido".
En cuanto a los cinco nuevos testigos, se ha ordenado que los días 7, 15, 20, 28 y 29 de octubre testifiquen dos técnicas de operación de Emergencias, un operador de comunicaciones y emergencias, la jefa de servicio de coordinación del 112 y un bombero del Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia.
Teléfonos de Pradas y Argüeso
La jueza ha rechazado también en el mismo auto la petición de Ciudadanos de la práctica de una prueba de triangulación de teléfonos móviles (privados y facilitados por la Generalitat) de los dos investigados en la causa, la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y el ex secretario autonómico, Emilio Argüeso.
Ciudadanos pedía que se libraran los oportunos oficios a las compañías de telefonía correspondientes, a fin de que remitan a este juzgado los datos de localización (antenas a las que se encontraban conectados) de dichos terminales, en el período comprendido entre las 07:00 horas del 29 de octubre y las 05:00 horas del día 30.
La instructora entiende que no puede accederse a ella por el carácter imprudente de los delitos objeto de investigación (homicidios y lesiones), lo que "excluye la adopción de esta medida".
