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La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja (Valencia), que instruye la causa penal por la gestión de la dana del 29 de octubre, ha rechazado la solicitud de un abogado de la acusación para que declare como testigo Maribel Vilaplana, la periodista que comió con el president de la Generalitat, Carlos Mazón, aquella jornada en El Ventorro.



La instructora considera que esta testifical en que no resulta "factible" porque, como ha expresado en anteriores resoluciones, supondría "desplazar sustancialmente el objeto de la investigación hacia la actuación del jefe del Consell", que es aforado y por tanto no puede ser parte en el procedimiento. 

La citación de la periodista, señala la jueza, "estaría relacionada en definitiva con la localización y actuación del presidente de la Generalitat durante dicho día". La exconsellera de Interior Salomé Pradas, prosigue, "hizo expresa referencia en su declaración a que mantuvo comunicación -en ocasiones lo intentó-, con la duración que se desprende del registro de llamadas aportado, con el presidente de la Generalitat".

"Sostuvo igualmente que el envío de la alerta no se condicionaba a la autorización del presidente", recuerda la magistrada. Dichas manifestaciones "se produjeron exclusivamente en respuesta a las preguntas de su letrado, únicas a las que contestó, partiendo de un registro de llamadas que voluntariamente aportó", indica.

Sin embargo, afirma, si se aceptase la declaración testifical de Vilaplana, "el objeto de la investigación se desplazaría sustancialmente hacia la actuación" de Mazón: "Lo que indicó, comunicó o con quién, durante las horas en las que comió con la testigo".

Ello, argumenta, "no es factible dada su condición de aforado". "El presidente de la Generalitat no es parte en este procedimiento. Se efectuó un ofrecimiento al objeto de que pudiera declarar como investigado, por lo que, en definitiva, ha de descartarse la citación como testigo" de la periodista, concluye.