La Unión Europea ha publicado un documento en el que trata problemas como que las empresas usan las redes sociales para espiar a empleados.

Las redes sociales son un reflejo de nuestra persona, tanto en lo bueno como en lo malo; son una ventana a nuestro ser, y eso puede ser aprovechado en nuestra contra.

Una tendencia entre las empresas es aprovechar las redes sociales para aprender más de sus empleados y potenciales candidatos; incluso en entrevistas de trabajo, una pregunta cada vez más común es cuál es el nombre de nuestra cuenta en Facebook o Twitter.

Las empresas miran Facebook antes que el Curriculum Vitae

Esta práctica es cada vez más común, pero según la Unión Europea debería abandonarse lo antes posible; el documento relacionado con el procesamiento de datos de los empleados (pdf) publicado este mes trata de cómo las empresas deben tratar las redes sociales de sus empleados y posibles empleados.

Según esta guía, las empresas no deberían inspeccionar las redes sociales de los candidatos a un puesto de trabajo; el documento afirma que las empresas no deberían asumir que pueden usar los datos de esas personas sólo porque estén disponibles de manera pública.

trabajo-de-oficina

Eso no quita que muchas personas usen sus cuentas para el trabajo, o hayan creado una cuenta especialmente para relaciones laborales.

Es por eso que la recomendación es que el entrevistador considere si la cuenta es personal o para el trabajo antes de inspeccionarla. No solo eso, sino que la empresa sólo puede recopilar y procesar datos que sean relevantes para el trabajo.

Lo que, bajo ningún concepto, puede hacer es forzar al candidato a hacerse “amigo” del entrevistador o la empresa en la red social para poder ver sus post; tampoco puede obligarle a hacer la cuenta pública si la tiene privada.

Las empresas usan las redes sociales para espiar a empleados, y eso es un problema

Las reglas son parecidas para los que ya son empleados; estos no están obligados a permitir el acceso a su cuenta personal.

Es posible que los empleados tengan que usar una cuenta controlada por la empresa por motivos de trabajo, pero tienen el derecho de tener su propia cuenta personal aparte. Y en todo caso, esto debe estar reflejado en el contrato.

trabajo

Las empresas tampoco pueden espiar de manera generalizada a sus empleados en redes sociales; aunque si que pueden hacerlo de manera esporádica y con algún motivo, como por ejemplo, un motivo legal.

Este documento funciona en conjunción con la nueva ley europea de protección de datos; sirve como una guía para las empresas de cara a los próximos años. Por lo tanto, por si solo no tiene peso legal, pero será usado por la justicia para decidir futuros casos.

La nueva ley se aplicará a partir de mayo de 2018, pero ya tiene muchos problemas por delante; para empezar, que obligar a las compañías a seguir estas reglas será complicado. Es poco probable que un candidato a un puesto se arriesgue a perderlo negándose a entregar su cuenta, por ejemplo.

Noticias relacionadas