Heredar una casa es un momento complejo en muchas familias, en el que se mezclan emociones personales con una costosa realidad económica y fiscal. Y es que, más allá de recibir el inmueble en herencia, el heredero o herederos deben ponerse de acuerdo, además de afrontar una serie de pagos que varían considerablemente según el Impuesto de Sucesiones de cada comunidad autónoma.
Una situación que en España afecta aproximadamente a unas 200.000 familias que heredan de media una casa en nuestro país. Según datos de Fotocasa, este tipo de inmuebles representa aproximadamente el 16 % de toda la oferta disponible en el mercado inmobiliario. Sin embargo, recibir una casa en herencia no siempre es sinónimo de facilidad, sobre todo cuando hay varios herederos.
En estos casos, la gestión puede volverse especialmente complicada y los conflictos entre familiares son habituales, sobre todo cuando no hay un acuerdo previo o una planificación clara. Una de las situaciones más comunes es la herencia de una vivienda entre varios hermanos, especialmente cuando uno de ellos quiere vender la propiedad y otro prefiere quedarse a vivir en ella o mantenerla en propiedad.
Una de las preguntas más frecuentes en estos casos es: ¿qué ocurre cuando uno de los herederos quiere quedarse con el inmueble y otro prefiere vender? El abogado experto en herencias, David Jiménez, lo explica con claridad en uno de sus vídeos de TikTok: "Si has heredado un piso de tu padre o madre y te lo quieres quedar pero tu hermano prefiere vender, no estás obligada a comprarle su parte como una compraventa normal", comienza aclarando el abogado.
En este caso y como advierte el experto, "podéis hacer una extinción de condominio. Uno se adjudica el 100% y compensa el dinero al otro". Una fórmula legal que, como recuerda Jiménez, contempla el Código Civil en los artículos 400 y 1062, la cual permite evitar la compraventa tradicional, lo que se traduce en un importante ahorro fiscal.
"En cuanto a los impuestos, realmente no se liquida como una compraventa sino por actos jurídicos documentados", detalla el abogado. La diferencia no es menor. Y es que, mientras que una compraventa puede implicar un gasto del 6 % al 10 % en impuestos, la extinción de condominio se tributa por el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) que varía entre el 0,5 % y el 1,5 %, según la comunidad autónoma.
¿Y qué ocurre entonces con la plusvalía municipal? El experto también lo aclara: "En principio no, salvo que haya exceso de adjudicación". Es decir, si la distribución de la herencia no se considera equitativa, podría haber un coste extra. "Entonces, mejor extinción que compraventa", concluye.
Ventajas de la extinción del condominio
La extinción de condominio es un recurso legal especialmente práctico en estos casos donde varios herederos comparten un inmueble y uno de ellos desea quedarse con él. En este caso, ese heredero puede adjudicarse la totalidad de la vivienda compensando económicamente al resto, en función del valor de su parte.
Para que dicho procedimiento tenga validez, es imprescindible firmar la operación ante notario y registrarla correctamente. Optar por esta vía, en lugar de hacer una compraventa, permite ahorrar impuestos de forma significativa y además, cuenta con respaldo legal en el Código Civil, como advierte el experto. También puede facilitar la gestión de la herencia y evitar conflictos familiares.
Sin embargo, lo más recomendable siempre es consultar este tipo de casos con un abogado especializado, quien podrá orientar sobre la mejor solución en función de cada caso concreto y según la comunidad autónoma en la que se tramite la herencia.
