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Más de 5 millones de personas viven solas en España, según datos de la Estadística Continua de Población (ECP) del INE. Una cifra que se ha incrementado en medio millón de personas desde el 1 de enero de 2021, pero lo más preocupante es que un 20 % de ellas no tiene ingresos suficientes para cubrir sus necesidades básicas.

Lo que muchos desconocen es que, en estos casos, la ley puede exigir a los hijos o incluso a los hermanos que asuman el coste de su manutención. Así lo explica Manuel Requena, abogado de familia: "La ley puede obligarte a mantener a tus padres y hermanos y si no lo haces un juez puede ordenarlo", señala. Requena asegura en uno de sus vídeos compartidos en TikTok que este tipo de casos son más frecuentes de lo que podría pensarse.

"Es un problema más habitual de lo que parece. Un padre jubilado con una pensión mínima, un hijo que apenas llega a fin de mes, una hermana enferma sin ingresos y sin recursos y de repente la familia pasa del cariño a los tribunales porque la obligación de ayudar no es solo moral, es legal", asegura.

La normativa que regula esta situación está recogida en el Código Civil, en sus artículos 142 y siguientes. El texto establece que cuando una persona no puede mantenerse por sí misma, sus parientes están obligados a prestarle lo que se conoce como "alimentos", en un sentido amplio.

"El Código Civil lo dice claro, si un familiar no puede mantenerse por sí mismo, los parientes con medios deben ayudarle. Se llama obligación de prestar alimentos y no se trata solo de comida, también vivienda, ropa, asistencia médica o educación", detalla el abogado.

Además, la ley contempla también que esta obligación puede imponerse judicialmente. Es decir, que un juez puede ordenarla si se acredita que uno de los familiares necesita ayuda y otro puede proporcionársela. "Este derecho primero se puede exigir al cónyuge, luego a los padres e hijos y después a los hermanos. Es una forma legal de asegurar solidaridad familiar", concluye Requena.

Cómo se cumple esta ayuda

En la práctica, esta obligación legal puede cumplirse de dos formas. La más común es mediante una pensión mensual en dinero, la cual debe abonarse por adelantado y en doce mensualidades al año. También existe la opción de acoger en casa al familiar que necesita ayuda, asumiendo directamente su manutención. 

La ley establece que este pago debe hacerse por meses anticipados y en caso de fallecimiento del beneficiario, sus herederos no están obligados a devolver lo ya recibido. Así se recoge en los artículos 148 y 149 del Código Civil.

Sin embargo, esta responsabilidad no es para siempre. El Código Civil también contempla una serie de motivos por los que la obligación de prestar alimentos se extingue. Entre ellos se incluyen el fallecimiento de cualquiera de las partes, la ruptura del vínculo familiar, la mejora económica del familiar necesitado o la pérdida de medios del obligado a pagar.

También se puede cesar si el beneficiario incurre en conductas graves, como el abandono familiar, el rechazo a trabajar o cualquier comportamiento que justifique una desheredación. Un marco jurídico que busca evitar situaciones de abandono o desamparo dentro del núcleo familiar. Como explica el experto, "la obligación de ayudar no es solo moral, también legal".