Cuando una pareja con hijos se separa, una de las cuestiones que más dudas genera a la hora de organizar los papeles es el pago de la pensión de alimentos.
Muchas personas creen que esta manutención se paga "a partes iguales", pero según explica Rocío Galván, abogada de Bufete Capitol, a EL ESPAÑOL "en España, realmente la pensión de alimentos no se paga al 50% por cada progenitor".
Y es que según aclara la letrada, aunque no sea algo socialmente conocido, este pago "depende de varios factores como son los ingresos que cada progenitor tenga, los gastos que generen los hijos, así como el tipo de custodia que se haya estipulado".
Lo habitual, según nos aclara Galván, es que "el pago de alimentos se imponga al progenitor no custodio y que la tenga que abonar al progenitor custodio".
Es decir, quien no convive habitualmente con los hijos suele ser quien paga la pensión, mientras que el otro lo recibe, pero asume la mayoría de los gastos diarios.
La abogada explica que en la práctica "el progenitor que convive a diario con los hijos en el domicilio, y está con ellos la mayor parte del tiempo, soporta más gastos que los que le cubre la pensión que el otro padre le pueda pagar".
Por eso, añade, "no se puede decir que ambos progenitores contribuyan por mitad", y si además este padre o madre "es el que menos ingresos tiene de los dos, es el que resulta más perjudicado a pesar de quedarse viviendo en el domicilio familiar".
Incluso en los casos de custodia compartida, la idea del reparto exacto al 50% tampoco suele cumplirse, aclara Galván.
Y es que aunque los hijos pasen el mismo tiempo con cada progenitor, los tribunales suelen imponer una pensión al que más recursos económicos tiene, que normalmente es el hombre, por la brecha salarial existente en este país.
Para calcular estas pensiones existen unas tablas orientadoras elaboradas por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Según explica la abogada, "la pensión mínima que los juzgados de familia vienen estableciendo es un importe mensual de 150€, lo que ocurre cuando el progenitor a cuyo cargo se establece no tiene ingresos económicos o son muy bajos".
Sin embargo, hace hincapié en que aunque "lo mínimo son 150€, quien vive con los hijos siempre gasta más", recordando que el "mitad-mitad" tampoco se cumple en estos casos.
Además, "el importe se actualiza conforme al IPC todos los años y no se extingue hasta que un juez lo determine o lo pacten los progenitores en convenio". Y, tal y como concluye Rocío, "es obligatorio abonarla incluso en los meses que los hijos están de vacaciones".
