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En una situación complicada para el mercado inmobiliario, con precios que no dejan de aumentar, existen otras cuestiones que a menudo pasan desapercibidas, pero que conviene tener en cuenta, y una de ellas tiene que ver con la firma del contrato de arras.

En este sentido, la asesora financiera y experta hipotecaria, Montse Cespedosa (@montse_cespedosa) ha sido contundente al respecto en una de sus publicaciones: "Ni se te ocurra firmar el contrato de arras si no te entregan antes el certificado de eficiencia energética (CEE)".

La experta ha recordado que desde el 12 de agosto es obligatorio por ley incorporar en la tasación este certificado. La normativa actual establece que, si un inmueble no dispone del certificado o está caducado, el propietario debe tramitarlo antes de que el tasador emita su informe.

De igual modo, en la nueva norma se determina que la información registral y catastral del inmueble no podrá tener una antigüedad superior a los 3 meses. El certificado energético es obligatorio desde el 1 de junio de 2013 al vender un inmueble, salvo que el comprador eximiera de dicha exigencia de forma expresa.

La modificación actual tiene que ver con la norma vigente desde el 12 de agosto de 2025, por la cual se exige que el certificado se encuentre disponible antes de que el tasador emita su informe, pues se considera que es un factor a tener en cuenta en la valoración del inmueble.

Certificado energético obligatorio

El certificado de eficiencia energética es un documento oficial que informa acerca del consumo de energía que necesita una vivienda para funcionar en condiciones normales de uso, además de servir para conocer y acreditar su nivel de eficiencia energética.

Con este certificado se clasifica al inmueble en cuestión en una escala que va de la letra A a la G, siendo la A la categoría que representa una mayor eficiencia energética y la G la menor de todas.

Junto a esta calificación, en el documento deberá figurar un apartado de carácter obligatorio en el que figura una serie de recomendaciones técnicas con posibles intervenciones enfocadas a mejorar el rendimiento energético de la vivienda, parcial o totalmente.

Con estas sugerencias, lo que se busca es que el inmueble llegue a poder alcanzar un nivel óptimo de eficiencia, con los beneficios que ello conlleva tanto para el propio residente como para el planeta.

El certificado y el valor de la vivienda

Montse Cespedosa explica que el certificado de eficiencia energética es un documento que aporta información clave para el tasador en la evaluación del comportamiento energético de la vivienda, influyendo de manera directa en el valor de mercado del mismo.

Cuando se proporcionan datos precisos acerca de factores determinantes en la eficiencia y el coste del uso del edificio, se puede conocer su valor. Con ese contrato, se condiciona, por lo tanto, tanto la tasación como el precio de la vivienda, y la asesora financiera explica que "los expertos estiman que cada letra de mejora va a ser un incremento del 1,3%".

En la práctica, esto puede suponer una diferencia notable en el precio final. En una vivienda de unos 230.000 euros, por ejemplo, una variación del 1,3 % equivale a unos 3.000 euros arriba o abajo en la tasación, según la calificación energética que obtenga.

Si se atiende a lo indicado en el artículo 2 de la Orden ECM/599/2025, indica que la misma será de aplicación siempre que el valor de tasación sea usado como garantía hipotecaria de créditos o préstamos que formen o vayan a formar parte de la cobertura de títulos hipotecarios emitidos por parte de las entidades de crédito.

Esta orden está dictada por parte de la UE y está enfocada en cumplir con los objetivos en materia de medioambiente y sostenibilidad. Por lo tanto, "los métodos de cálculo del valor del inmueble deben considerar, cuando corresponda, indicadores del efecto que tienen sobre este los factores de carácter medioambiental", sentencia Cespedosa.

Cómo obtener el certificado energético

Como decimos, obtener el certificado de eficiencia energética es obligatorio para todo aquel propietario que quiera alquilar o vender su vivienda, así como en cualquier obra nueva o en determinados casos de rehabilitación de inmuebles.

No solo es obligatorio disponer de este movimiento, sino también exhibirlo y aportarlo al formalizar contratos de compraventa o arrendamiento, tal y como figura en el Real Decreto 390/2021.

En todo este tipo de situaciones, para obtener el CEE se debe buscar un técnico certificador autorizado en la zona del inmueble y concretar una cita para su visita, durante la cual tomará medidas de las estancias y revisará los materiales de fachada y cerramientos.

El profesional también se encargará de inspeccionar las instalaciones de calefacción y climatización, reuniendo así todos los datos que pueda necesitar para poder proporcionar la calificación energética del inmueble.

Con solo introducir los datos recogidos, un programa informático se encarga específicamente de categorizarlo. Una vez se conoce, el último paso consistirá en registrar el certificado ante el organismo competente de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre el inmueble.

De esta manera se podrá conseguir la etiqueta energética que se podrá aportar en todos aquellos casos en los que sea necesario. Este certificado contará con datos de identificación de la vivienda, incluyendo su referencia catastral y las circunstancias especiales de catalogación arquitectónica, si las tuviese.

También figuran las indicaciones de las normativas aplicables en el momento de su expedición, así como la calificación de eficiencia energética y, como mencionamos, una serie de recomendaciones para alcanzar unos niveles óptimos o rentables de eficiencia energética.