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Uno de los ámbitos sociales que más preocupa a la Comunidad de Madrid como institución es la educación. Sin embargo, incluso en este sector tiene asuntos por resolver que se terminan convirtiendo en malas noticias. Y es que el Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso tiene un frente abierto con el ayuntamiento del municipio de Rivas-Vaciamadrid que ha terminado incluso en el Tribunal Supremo.

Todo se remonta a la época de la pandemia, cuando el Gobierno de la Comunidad de Madrid tuvo que tomar decisiones muy difíciles para intentar preservar la seguridad de la ciudadanía frente a la amenaza de la Covid-19. Algunas de estas medidas no gustaron a algunos ayuntamientos, lo que provocó algunos choques políticos con determinados municipios como sucedió con el caso de Rivas-Vaciamadrid.

Ahora, el Tribunal Supremo ha fallado a favor de dicho consistorio. El motivo ha sido la ruptura unilateral del convenio que regula la educación infantil en la ciudad por parte de la Comunidad de Madrid durante los meses de confinamiento de la pandemia. Y el resultado es que esta sentencia condena al Gobierno regional a abonar 451.399,52 euros.

Una cantidad que responde a la actividad desarrollada en la Casa de Niños y tres escuelas infantiles municipales de Rivas-Vaciamadrid entre el 11 de marzo y el 15 de mayo de 2020, periodo en el que el Ejecutivo autonómico dejó de financiar la etapa educativa de 0 a 3 años.

Esta sentencia del alto tribunal ha sido celebrada por la alcaldesa del municipio, Aida Castillejo, quien asegura que "lo que de verdad fue un insulto a la inteligencia, y a muchas víctimas de la Covid, fue la gestión que hizo la Comunidad de Madrid durante la pandemia, también de las escuelas infantiles".

¿Cómo se originó el conflicto?

La Comunidad de Madrid emitió una orden en la que decretaba el teletrabajo para el personal docente y remitía a los centros educativos a establecer un modelo de enseñanza online. A pesar de su disconformidad, el Ayuntamiento de Rivas acató dicho dictamen con sus escuelas infantiles, reduciendo el contacto entre profesores y alumnos a meras conexiones online.

Sin embargo, poco después, la Comunidad de Madrid fue más allá y decidió que sus propias escuelas infantiles —las de titularidad autonómica y también las concertadas— interrumpieran sus clases. De esta manera, sus trabajadores fueron enviados a un ERTE. En aquel momento, Enrique Ossorio, exconsejero de Educación, afirmó que la educación infantil online era "un insulto a la inteligencia".

El descontento de la alcaldesa de Rivas-Vaciamadrid con la situación fue total: "Ayuso nos abandonó; también recortó y dejó sin apoyo a la educación infantil, rompiendo unilateralmente los acuerdos con los ayuntamientos". Sin embargo, Aida Castillejo celebra que “la justicia haya terminado poniendo las cosas en su lugar".

Y es que la Comunidad de Madrid, al ser requerida por el Ayuntamiento de Rivas para financiar este tiempo de actividad en sus escuelas infantiles, desistió de asumir sus obligaciones. Por lo tanto, el consistorio consideraba que incumplía con el convenio que mantienen firmado ambas administraciones. La estimación del gasto, ratificada ahora por el Tribunal Supremo, es de 451.399,52 euros.

Se calcula que hasta 94.000 niños y niñas de 0 a 3 años se vieron afectados por la decisión de la Comunidad de Madrid de suspender la actividad lectiva durante la pandemia en toda la región. "Rivas no lo hizo porque sabíamos que era esencial para las familias y para el bienestar de la infancia. Nuestros maestros siguieron acompañando a las familias, manteniendo el contacto con los más pequeños y garantizando ese vínculo con su comunidad educativa en un momento tan difícil".

En un primer momento, el ayuntamiento ripense denunció esta situación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual se pronunció a favor de la Comunidad de Madrid. Ahora, tras el pertinente recurso de casación, el Supremo ha anulado la decisión del TSJM y ha condenado a la Comunidad "a cumplir con las obligaciones de financiación contraídas en dicho convenio de colaboración, con el consiguiente abono al Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid de los gastos de Educación Infantil acreditados, correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo del curso escolar 2019-2020".

Esta es una sentencia histórica y que sienta jurisprudencia al establecer la igualdad entre dos administraciones de distinto rango, pero que mantienen un convenio de colaboración. "Son reflejo de los principios constitucionales de cooperación, tienen carácter vinculante y constituyen fuente de obligaciones para ambas partes", tal y como explica el Tribunal Supremo.

Además, a su vez, el alto tribunal sentencia que "la decisión adoptada por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid de forma unilateral carece de amparo o cobertura legal".