I. Gilabert | Agencias
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El juzgado de lo Contencioso-Administrativo 18 de Madrid ha estimado la medida cautelarísima de Más Madrid tras recibir el grupo municipal la orden de retirar antes de la medianoche de este viernes las pancartas propalestinas de sus balcones del Edificio de Grupos.

Así, ha suspendido la retirada de las dos pancartas propalestinas, dictada este jueves por el presidente del pleno del Ayuntamiento de Madrid, Borja Fanjul. Ante esto, el principal grupo de la oposición ha respondido presentando una petición de medida cautelarísima (cautelares previas) en los juzgados madrileños para evitarlo.

El juez suspende con carácter provisional la resolución de Fanjul hasta, al menos, la celebración de la vista, que ha fijado para el 15 de octubre.

Esto significa que no tienen que retirarlas, ni hacerlo subsidiariamente el Ayuntamiento, "hasta que el juez escuche a las partes el miércoles que viene y decida si mantiene estas cautelares", como explican desde el partido municipal.

El juzgado lo ha estimado para "asegurar la efectividad de una eventual sentencia estimatoria y para evitar que el recurso contencioso-administrativo pierda su finalidad legítima".

La notificación

Este jueves Más Madrid ya había presentado alegaciones contra el requerimiento enviado este martes desde la Presidencia del Pleno para una potencial retirada de las dos pancartas contra el "genocidio" en Palestina colgadas en los balcones de sus despachos del Edificio de Grupos Municipales basándose en que en ellos impera su "libertad e independencia para su actividad política".

En base a esto, la Presidencia del Pleno emitió una notificación, a la que ha tenido acceso Europa Press, fechada de ese mismo día.

Se justifica que el Edificio de Grupos es "una sede municipal que, entre otros servicios, alberga un salón multiusos en el que se celebran, cuando la ocasión así lo requiere, sesiones públicas de las comisiones del Pleno".

Una respuesta que llegaba después de que Más Madrid apuntara que "no alberga oficinas administrativas ni presta un servicio público municipal, sino que está destinado exclusivamente a la actividad política" de la formación.

Además, argumentaba la notificación remitida por la Secretaría del Pleno que "no puede confundirse la especial protección de los concejales y de los grupos políticos en los que se integran, conectada con el derecho de participación reconocido en la Constitución con el uso totalmente libre, independiente, autónomo y no sujeto a control alguno de los medios materiales y personales puestos a su disposición por el Ayuntamiento para el ejercicio de sus funciones".

Por ello, desestimaban las alegaciones presentadas por Más Madrid y ordenaban "la retirada inmediata de las pancartas antes de las 23.59 horas del 10 de octubre". Si no se retiraran en ese plazo, serían "retiradas subsidiariamente por los servicios municipales", añadían.