El Banco de España podrá limitar la concesión de créditos, como las hipotecas, en un momento puntual si considera que las políticas y los criterios que utilizan los bancos entrañan un riesgo macroprudencial o sistémico, es decir, si suponen un perjuicio grave para la estabilidad del sistema financiero y la economía.

La institución que gobierna Pablo Hernández de Cos está facultada para poner en marcha esta herramienta desde hace un par de años, cuando el Gobierno dio al Banco de España, a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) capacidades para diseñar instrumentos macroprudenciales con el objetivo de evitar crisis y mantener la estabilidad financiera.

El Banco de España trabaja en estos momentos en el diseño concreto de estas herramientas y ya tiene un borrador sobre el mismo, en el que se recoge que, si el supervisor considera que la forma en que los bancos están dando préstamos con garantía hipotecaria entraña un riesgo sistémico, podrá "imponer límites y condiciones" a los criterios de concesión.

Es decir, podrá poner condiciones a la evaluación de solvencia o el nivel de endeudamiento del cliente que tienen los bancos en cuenta para dar una hipoteca o a algún término contractual, como limitar el plazo de vencimiento, los periodos de carencia o exigir una amortización mínima del principal de la operación.

De esta forma, podrán evitarse burbujas crediticias como la que estalló hace menos de una década y dio lugar a la pasada crisis financiera, que dejó como lección la necesidad de que la supervisión bancaria debe tener una perspectiva macroprudencial.

Un sistema estable

"Para salvaguardar la estabilidad financiera de un país no basta con garantizar la seguridad y solidez de cada entidad financiera de forma individual, sino que también es necesario que el sistema financiero en su conjunto sea estable y resistente", considera el Banco de España en el borrador de esta norma.

Eso sí, antes de tomar una medida tan drástica, el supervisor deberá asegurarse de que, al ponerla en marcha, no creará obstáculos al funcionamiento del mercado interior de otros Estados miembros o de la Unión Europea en su conjunto.

Además, deberá tener en cuenta las recomendaciones que emita la Junta Europea de Riesgo Sistémico (JERS), la autoridad encargada de vigilar la estabilidad financiera, así como otros criterios que considere relevantes el propio Banco de España.

Esta herramienta también permitirá al supervisor limitar la exposición que tienen los bancos a un determinado sector, ya sea dentro del segmento de empresas, hogares u otras entidades financieras.

Llegado el caso, el límite se establecerá como un porcentaje del capital ordinario de nivel 1, el de mayor calidad. Al tomar esta decisión, la institución lo comunicará a las entidades y estas tendrán diez días para presentar alegaciones y seis meses para aplicar la medida.

En el marco de estas competencias macroprudenciales, el Banco de España también podrá obligar a los bancos a establecer un colchón anticíclico para su exposición a uno o varios sectores.

Estas herramientas se podrán utilizar en el caso de que el supervisor constate que se está incrementando la intensidad de un riesgo sistémico y que, por tanto, está en juego la estabilidad financiera. La decisión sobre cuál es más apropiada o si se necesita poner en marcha más de una dependerá de la situación concreta a la que se enfrente el supervisor, es decir, de la naturaleza del riesgo sistémico que haya que mitigar.

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