La juez de Badajoz Beatriz Biedma ha rechazado el recurso en el que Manos Limpias insistía en reclamar que se le retire el pasaporte a David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno y acusado de presuntos delitos de tráfico de influencias y prevaricación. El proceso está relacionado con la creación 'a la carta' de un puesto de coordinador de las actividades de los conservatorios con el objetivo de beneficiar al hermano de Pedro Sánchez.
Manos Limpias, que ejerce la acusación particular, recurrió la negativa de la instructora a adoptar medidas cautelares tras asegurar la defensa que David Sánchez no va a cambiar de domicilio (situado en Elvas, Portugal) y pese a que tiene previsto viajar a Japón este verano para visitar a unos familiares.
"Ciertamente, pasar dos o tres meses de vacaciones fuera de su domicilio habitual no es cambiar de residencia legalmente, pero sí que supone estar durante mucho tiempo fuera del poder directo del Tribunal", señalaba el recurso.
La juez ha reiterado en una resolución conocida hoy que la vinculación de David Sánchez con países extranjeros era conocida desde el principio del proceso y "no ha sido obstáculo para
que comparezca ante este Juzgado las veces que ha sido citado".
Biedma recuerda que el compositor ha acudido al Juzgado tanto cuando todavía trabajaba para la Diputación de Badajoz como después de renunciar a su plaza. También compareció el pasado 30 de mayo para que le fuera notificado personalmente el auto de apertura de juicio oral.
"Es muy significativo lo anterior", valora la juez, "pues, no trabajando ya en esta localidad, si tuviera previsto 'fugarse' de la acción de la justicia, podría haberlo hecho ya desde ese momento, cuando sus circunstancias personales alegadas (familia cercana de origen japonés) serían similares a las presentes".
Biedma indica que, "comprobada su disposición a comparecer ante este Juzgado", la adopción de medidas cautelares "ha de tener carácter excepcional".
"Menos aún procede la adopción de medida cautelar cuando se ha comunicado oficialmente a este juzgado, por su representación procesal y tras ser requerido para ello, que el investigado no ha cambiado de domicilio, que no tiene previsto variarlo y que si así fuera se pondría en inmediato conocimiento del Juzgado o Tribunal que conozca de la causa", concluye.
La instructora no ha impuesto las costas del recurso a Manos Limpias. Ni siquiera se pronuncia sobre esta cuestión, pese a que la defensa de Sánchez la instó a acordarlo así por la "mala fe procesal" y "temeridad" que, a su juicio, se ponía de manifiesto con el recurso.
"Concluir que David Sánchez quiere abandonar definitivamente el territorio ibérico para eludir la acción de la justicia constituye no una inferencia, sino una auténtica invención refractaria al sentido de las palabras usadas por esta parte procesal", indicó la defensa en su escrito de impugnación del recurso de la acusación popular.
A su parecer, no solo procedía la desestimación de la pretensión de Manos Limpias sino que, "atendida la mala fe procesal, así como la inconveniencia técnica del recurso que revela su temeridad, solicitamos que se impongan al recurrente las costas correspondientes a este incidente". La petición ha quedado sin respuesta.
