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La Sala de Apelación del Tribunal Supremo ha respaldado la instrucción que lleva a cabo el magistrado Leopoldo Puente, rechazando que sea "prospectiva" y cuestionando que "se siembren dudas" sobre las investigaciones que lleva a cabo la Guardia Civil como policía judicial.

Lo ha hecho al desestimar los recursos del exministro de Transportes José Luis Ábalos y de su exasesor, Koldo García.

Este último recurrió la decisión de Puente de ordenar a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Benemérita un informe sobre las obras públicas señaladas en documentos entregados por el empresario Víctor de Aldama, que afirma que varias de ellas se adjudicaron a cambio de comisiones.

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Para la defensa de García, esa diligencia constituiría una investigación prospectiva.

"No puede hablarse seriamente de investigación prospectiva -esa mágica locución de la que se abusa tanto en la praxis forense que pareciera que la Ley de Enjuiciamiento Criminal recoge una perfecta definición de investigación prospectiva-, entendida como la entienden algunos", contesta la Sala en una resolución con ponencia de Antonio del Moral.

"Avanzar en una investigación no exige poderosos indicios de criminalidad: la investigación se abre para eso, para buscar indicios que avalen o desmientan una notitia criminis [noticia del delito]. Si ya los hubiese, no sería necesario prolongarla", explica

"Nos sentimos identificados con las explicaciones que el instructor reproduce con paciencia franciscana, recogiéndolas de resoluciones anteriores", dice la Sala.

Remarca que indagar la veracidad de la información aportada por un co-investigado "y con

visos de verosimilitud" no tiene "nada que ver" con lo que sería una "repudiada causa general", deja claro el tribunal.

"Nada tiene que ver esa mecánica con una phishing expedition: buscar sin un objetivo claro a ver qué pudiera aparecer. Se trata de comprobar las circunstancias y vicisitudes de unos hechos concretos introducidos en el proceso; no de lanzar las redes para ver qué hechos desconocidos podrían aflorar", concluye.

El recurso de Ábalos se quejaba, en sentido contrario, del rechazo del instructor a practicar varias diligencias propuestas por la defensa del exministro, entre ellas las declaraciones del titular de Interior, Fernando Grande-Marlaska, y del hasta hace pocas semanas secretario de Estado, Rafael Pérez. Sus testimonios fueron solicitados en relación con un contrato de mascarillas anti-Covid adjudicados a la empresa Soluciones de Gestión, relacionada con Aldama.

"Sembrar dudas"

"El instructor tiene obligación de rechazar las diligencias propuestas que sean perjudiciales o inútiles" y las declaraciones "de las dos personas con altas responsabilidades en el Ministerio del Interior que se reclaman no guardan relación con los hechos", indica la Sala.

La defensa de Ábalos también pidió las declaraciones de varios guardias civiles, entre ellos el excapitán Juan Vicente Bonilla, nombrado en octubre de 2023 gerente de Seguridad Corporativa del Servicio Madrileño de Salud del Gobierno de Madrid, del PP.

Puente ya reprochó a la defensa que "ni siquiera se entretiene en esbozar cuál pudiera ser el vínculo o conexión de los testigos propuestos con los hechos que aquí se enjuician".

Para la Sala, "si lo que se busca únicamente es sembrar dudas sobre las investigaciones no es esta fase adecuada para ese tipo de estrategias defensivas".

Añade que son "inútiles y meramente dilatorias" las diligencias tendentes a concretar número de visitas de Aldama al Ministerio de Transportes. "Tendría que justificar el recurrente qué aporta a su defensa esa comprobación tan genérica", señala.