No habrá Consell de Justícia de Catalunya. El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, rechaza la creación del “órgano de gobierno del poder judicial de Catalunya” que reclama Junts peer Catalunya para apoyar el proyecto de Ley para la ampliación y fortalecimiento de las carreras judicial y fiscal.
Es el proyecto que ha provocado las recientes movilizaciones de jueces y fiscales, convocados a una huelga de tres días por las principales asociaciones de jueces y fiscales. Consideran que las modificaciones que se pretende introducir en el acceso a la Judicatura y la Fiscalía y en el funcionamiento de esta última afectarán a la independencia de los jueces y a la autonomía de actuación de los fiscales.
La tramitación parlamentaria del proyecto, a la que se dio carácter de urgencia, tampoco está despejada. El Ministerio asume que no será posible llevarlo para su aprobación al último pleno del Congreso en el actual período de sesiones, previsto para el día 22.
La negociación de las enmiendas de Junts son uno de los motivos del retraso. Según fuentes del Ministerio, se ha comunicado a la formación independentista que la exigencia del Consejo de Justicia de Cataluña es una línea roja que no va a ser aceptada.
La enmienda de Junts señala: "Se crea el Consell de Justícia de Catalunya como órgano de gobierno del poder judicial de Catalunya, actuando como órgano desconcentrado del Consejo General de Poder Judicial".
Se le atribuye la competencia de designar al presidente del Tribunal Superior de Justícia de Cataluña, a los presidentes de Sala del TSJ y a los presidentes de las Audiencias Provinciales.
También la competencia de nombrar y cesar a los jueces y magistrados incorporados a la carrera judicial temporalmente con funciones de asistencia, apoyo o sustitución en el territorio de Cataluña.
Las funciones disciplinarias sobre jueces y magistrados en Cataluña serían ejercidas por el Consell, así como la inspección, incluida la de "atender las órdenes de inspección de los juzgados y tribunales que acuerde el Govern y dar cuenta de la resolución y la medida adoptada".
Resolvería, asimismo, los recursos de alzada contra los acuerdos de los órganos de gobierno de los tribunales y juzgados de Cataluña y aplicaría "cuando proceda" en el ámbito de Cataluña los reglamentos del Consejo General del Poder Judicial.
Le correspondería también resolver sobre la revisión, delimitación y modificación de las demarcaciones territoriales de los órganos jurisdiccionales y sobre las propuestas de creación de secciones y juzgados en el ámbito territorial de Cataluña.
Junts pretende "restablecer la regulación del texto refrendado por el pueblo de Cataluña en el referéndum de 2006 sobre el Estatut", dice en la justificación de la enmienda.
Inconstitucional
La sentencia del Tribunal Constitucional 31/2010 tumbó la creación del Consejo de Justicia de Cataluña prevista en el Estatut, que contenía una redacción idéntica a la que ahora se propone.
"Es notorio que el Estatuto catalán incurre en un evidente exceso al crear un Consejo de Justicia de Cataluña al que se califica como 'órgano de gobierno del poder judicial en Cataluña' y cuyos actos lo serían de un 'órgano desconcentrado del Consejo General del Poder Judicial'", dijo el TC en su sentencia de 2010.
"El Poder Judicial (cuya organización y funcionamiento están basados en el principio de unidad por el artículo 117.5 de la Constitución española) no puede tener más órgano de gobierno que el Consejo General del Poder Judicial", añadió.
Esa "inconstitucionalidad de principio" implicó, por conexión o consecuencia, la de los artículos del Estatut que atribuían al Consejo de Justicia de Cataluña competencias en materia de nombramientos judiciales, disciplina, inspección o recursos de alzada, esto es, las mismas competencias que ahora vuelve a plantear la enmienda de Junts.
Sin embargo, el TC aceptó el Consejo de Justicia de Cataluña para funciones como «precisar y aplicar, cuando proceda, en el ámbito de Cataluña, los reglamentos del CGPJ", realizar propuestas en materia de organización y demarcaciones o presentar una memoria al Parlament.
"En la medida en que dichas atribuciones se compadecen sin dificultad con el ámbito de las competencias asumibles por la comunidad autónoma en relación con la 'administración de la Administración de Justicia', su ejercicio por un órgano autonómico específico como es el Consejo de Justicia de Cataluña no plantea ningún reparo constitucional a la existencia de este último, en el bien entendido de que no puede ser cualificado en los términos utilizados" de "órgano de gobierno del poder judicial en Cataluña".
"Ceñirnos a la reforma"
Fuentes del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes aseguran que no se va a aceptar la enmienda de Junts sobre el Consell. Tampoco otra que propone suprimir la Audiencia Nacional y "descentralizar" sus competencias entre los Tribunales Superiores de Justicia y las Audiencias Provinciales.
La ley que promueve el Gobierno está "claramente delimitada" y "a ella vamos a ceñirnos", señalan.
El Ministerio no quiere desbordar el marco del proyecto incorporando cuestiones del todo ajenas que, además, en el caso de los consejos autonómicos de justicia son muy controvertidas y harían que la ley pareciera una cesión a Junts, opacando la reforma que se pretende.
"Dentro de los términos que hoy recoge la reforma de la Justicia", remarcan las mismas fuentes, "estamos abiertos a cualquier diálogo", incluida una negociación con Junts para que finalmente apoye la ley.
