Una mujer ha sido sentenciada a 14 meses de prisión por vulnerar la intimidad de una amiga, a cuyo whatsapp accedió sin su consentimiento para conocer las conversaciones que mantenía con su marido, del que la condenada se estaba divorciando.

Se trata de la pena mínima del delito de descubrimiento y relevación de secretos, que castiga con prisión de 1 a 4 años a quien, sin el permiso de la víctima, se apodere de sus mensajes electrónicos o de documentos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios de escucha y grabación de sonidos o imágenes.

Un Juzgado de lo Penal de A Coruña, primero, y la Audiencia Provincial, después, juzgaron los hechos y coincidieron en la condena de la acusada. Los jueces declararon probado que en agosto de 2014 la mujer se encontraba presenciando un partido de tenis en una grada de las instalaciones de un club y se dio cuenta de que C., conocida suya y sentada en las proximidades, se levantaba para acercarse a la pista, dejando olvidado en su asiento el teléfono móvil.

La condenada "cogió sin permiso el aparato, que se hallaba conectado, y, tras anular el sistema de bloqueo mediante el método que días antes había visto utilizar a su usuaria, se dispuso a examinar el contenido de la aplicación Whatsapp que C. tenía instalada en él".

La mujer escuchó una conversación confidencial grabada que C. había mantenido días atrás con S., que en esas fechas era el abogado del marido de la condenada en el procedimiento de divorcio que estaba en curso.

A fin de enterarse bien de lo que C. y el abogado habían comentado, la mujer "manipuló el móvil para enviar el contenido íntegro de todas las conversaciones registradas entre C. y S. entre diciembre de 2012 y julio de 2014 a una cuenta de correo electrónico de la que era titular la acusada".

Después hizo lo mismo con las conversaciones que C. había mantenido con el marido de la condenada. Los mensajes del chat se remontaban a febrero de 2013 pero la mayoría de ellos se habían producido en junio y julio de 2014, en pleno proceso de divorcio.

Los jueces concluyeron que la condenada "no tenía otro propósito que descubrir conversaciones personales e íntimas de C., amén de utilizarlas en su perjuicio" y consideraron que había prueba de cargo suficiente: otras dos personas que estaban en las gradas la vieron manipulando un móvil y el exmarido declaró que su exesposa le envió los chats de las conversaciones de C. con él y con el abogado.

Además de los 14 meses de prisión, la mujer deberá pagar una multa de 2.700 euros. También tendrá que indemnizar a C. con 1.500 euros por el "estado de desasosiego" que le generó el descubrimiento de sus conversaciones.

Además, deberá resarcir al abogado de su exmarido con 1.000 euros debido a los "perjuicios morales que sufrió por la conducta de la acusada, viéndose obligado a dar una serie de explicaciones a su cliente, amén de percibir una quiebra en su profesionalidad".