El Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de amparo presentado por el grupo parlamentario de Unidos-Podemos contra las decisiones de la Mesa del Congreso que, gracias a los votos de PP y Ciudadanos, aceptó el veto del Gobierno de Rajoy a una proposición de ley que pretendía derogar la flexibilización de la negociación colectiva introducida por la reforma laboral de 2012. La proposición de Unidos-Podemos quedo, así, bloqueada.

En una sentencia dictada por la Sala Segunda del TC de la que ha sido ponente el magistrado Pedro González-Trevijano, el Constitucional declara nulos los acuerdos de la Mesa de la Cámara Baja de 10 de octubre y 21 de noviembre de 2017, que decidieron que no era procedente la toma en consideración de la iniciativa de Unidos-Podemos ni la solicitud de reconsideración.

El TC afirma que la Mesa del Congreso, presidida por Ana Pastor, vulneró el derecho del grupo parlamentario al ejercicio del cargo en conexión con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, a través de sus representantes, que garantiza el artículo 23.1 de la Constitución.

La Mesa del Congreso no dio curso a la proposición de ley para su toma en consideración por el Pleno de la Cámara basándose en una "aplicación extensiva que el Gobierno lleva a cabo de su facultad de veto" del artículo 134.6 de la Constitución ("toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación").

El TC argumenta que esa justificación "constituye una limitación contraria al ejercicio de la vertiente esencial del ius in officium [derecho a ejercer su función] de los parlamentarios, como es la del derecho a la iniciativa legislativa y a que las proposiciones de ley presentadas por los grupos puedan ser sometidas al debate de oportunidad política ante el Pleno de la Cámara”.

La sentencia también señala que el informe de oposición del Gobierno, de fecha, 28 de septiembre de 2017, apuntaba que, de prosperar la proposición de ley, se produciría una reacción empresarial que daría lugar a un incremento de los despidos, con el consiguiente incremento de perceptores de prestaciones por desempleo. Sin embargo, constata el TC, el Gobierno de Rajoy  “no ofrece ningún dato objetivo que permita conocer cómo obtiene la cifra de 100.000 nuevos perceptores de prestaciones por desempleo y el importe de 1.500 millones de euros más de gasto en esas prestaciones”.

La sentencia considera que el informe del Ejecutivo carecía de una fundamentación objetiva, pues no establecía la relación directa entre las medidas de la proposición de Ley y las concretas partidas presupuestarias de gastos que se verían afectadas.

Concluye, por ello, que el informe incumplía los requisitos de motivación exigidos de cara a “justificar de forma explícita la adecuada conexión entre la medida que se propone y los ingresos y gastos presupuestarios. Esta conexión debe ser directa e inmediata, actual y no meramente hipotética”.

Añade que la Mesa se limitó a señalar que el Gobierno habría dado una fundamentación suficiente y razonable, pero sin ofrecer una respuesta a los concretos argumentos dados por el grupo parlamentario de Unidos-Podemos acerca de que la iniciativa legislativa no suponía un aumento de los créditos presupuestarios.

La restitución del derecho vulnerado -más de un año después de la resolución de la Mesa y a punto de disolverse las Cortes- consiste "retrotraer las actuaciones hasta el momento inmediatamente anterior al de su resolución para que la Mesa del Congreso de los Diputados dicte un nuevo acuerdo sobre la solicitud presentada" por el grupo parlamentario.