La jueza de la Audiencia Nacional María Tardón, en funciones de sustitución del juez del caso Villarejo, ha denegado la última petición de libertad del excomisario investigado en el caso Tándem.

Es la séptima vez que un Juzgado Central de Instrucción deniega la libertad a José Manuel Villarejo, en prisión desde noviembre de 2017. La Sala de lo Penal también ha rechazado dejarle en libertad hasta en tres ocasiones. 

La jueza Tardón, sustituyendo a Manuel García-Castellón, considera que no sólo siguen existiendo los riesgos de fuga y destrucción de pruebas, sino que éstos se han incrementado. En su auto, Tardón destaca el acopio de dinero en metálico y oro en sus domicilios de Madrid y Estepona, algo que, junto con la existencia de documentación en blanco y con datos de identidad que no se correspondían con la identidad de Villarejo, "lleva a inferir que podrían utilizarse para una eventual huida del territorio nacional si fuese preciso".

La última vez que Villarejo solicitó su libertad, pidió su excarcelación o, de forma subsidiaria, la permanencia en su domicilio con la instalación de algún mecanismo de vigilancia por control telemático, solicitud a la que se había opuesto la Fiscalía Anticorrupción.

Los indicios persisten

La jueza considera que los indicios que inicialmente determinaron las imputaciones al investigado de pertenencia a organización criminal y blanqueo de capitales se han ido consolidando y se ha  evidenciado su aparente implicación en delitos de cohecho, descubrimiento y revelación de secretos y extorsión.

También se refiere a la declaración del investigado el 12 de enero de 2018, cuando afirmó que la totalidad del material informático intervenido en sus domicilios contenía "información sensible", entendiendo por tal, según la jueza, que afectaría a la seguridad del Estado, a altas instituciones del Estado o a la intimidad de terceros.

Dicha manifestación, indica la instructora, a la vista de las fuentes documentales ya analizadas a las que los investigadores han tenido acceso, han aportado un "sólido cuadro indiciario de la comisión de múltiples delitos de naturaleza grave", por lo que considera que la medida cautelar de la prisión preventiva continúa justificada.

En cuanto al riesgo de reiteración de alteración o destrucción de pruebas, la jueza comparte los argumentos de la Fiscalía respecto del hecho de que la encriptación del acceso a la información telemática constituye una medida de seguridad reveladora del alcance presumiblemente ilícito de los contenidos así protegidos.

De ahí que considere que "mientras se encuentre en proceso el volcado y análisis de la documentación incautada, y aún esté pendiente el descifrado de este material informático, la persistencia del riesgo de destrucción o alteración de estas pruebas por parte del investigado, que como máximo responsable de la organización criminal mantendría el control, directo o indirecto sobre las claves de acceso al mismo, resulta plenamente vigente, y su existencia, ciertamente seria y real", explica el auto.